La implantación del Portal cumple con lo establecido en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, que impone obligaciones en los tres ámbitos a los que se refiere y guía la actividad de las Administraciones públicas en una concreta dirección: servicio al ciudadano informado y no al administrado pasivo.
La transparencia, además de servir de base a la libertad de expresión, favorece el cumplimiento de lo previsto en el artículo 103 de la Constitución «la Administración sirve con objetividad a los intereses generales con sometimiento pleno a la Ley y al derecho»; dificulta la corrupción que de ordinario se esconde en la opacidad informativa; ayuda a la interdicción de la arbitrariedad (artículo 9 de la Constitución); el acceso real a la información permite dar el paso desde la democracia representativa a la democracia participativa: cualquiera tiene derecho a saber, aunque no acredite un interés individual legítimo y aunque no motive por qué quiere saber y el buen gobierno permite la participación a través de la puesta en marcha de consultas públicas y atendiendo al derecho individual de acceso a aquella información que no esté previamente publicada en abierto y, en muchos casos, hace posible el derecho a la creación artística, literaria y científica (artículo 20 de la Constitución).
Nuestra aspiración y compromiso es ofrecer un instrumento vivo y dinámico, con un diseño que permita el fácil acceso a los datos puestos a disposición tanto para los miembros de la comunidad universitaria como para la ciudadanía en general, pero que, además, sea un cauce para la participación de la ciudadanía en la Universidad.