Doctorado

Complementos de formación

Los Complementos de Formación se configuran con las materias del Máster Oficial en CC de las Religiones de la UCM. El número total de créditos ECTS del máster que podrá exigirse como complementos de formación en ningún caso podrá ser superior a 30 cr. ECTS.

La exigencia de cursar complementos formativos se hará constar al estudiante en el momento de su admisión al Programa de Doctorado, según el perfil académico al que se adecúe. El diseño curricular de los complementos formativos (número de créditos y materias del máster en CC de las Religiones que debe cursar) se ajustará a las condiciones específicas de cada estudiante, de acuerdo con el informe del tutor y el criterio de la Comisión Académica.

Tienen que realizar complementos de formación los/as estudiantes que accedan al doctorado y que respondan a los siguientes perfiles, siempre que la Comisión Académica así lo estime:

- Perfil 2. Estudiantes sin formación específica en estudios de Ciencias de las religiones, pero con formación en campos afines (Humanidades o CC sociales) o experiencia teórica y/o práctica acreditable en el campo de las religiones o con formación en el campo de Ciencias de las religiones adquirida mediante estudios no reglados de nivel universitario. Estos/as estudiantes cursarán hasta 18 cr. en materias del Módulo 1: Formación Fundamental del Máster en Ciencias de las Religiones.

- Pefil 3. Estudiantes sin formación específica en Ciencias de las Religiones ni en campos afines, ni experiencia teórica o práctica en este campo, que presenten una justificación adecuada de su interés por este campo. Estos/as estudiantes cursarán 18 cr. en materias del Módulo 1: Formación Fundamental del Master en Ciencias de las Religiones y hasta 12 cr. del Módulo 2: Módulo de especialización en las materias acordes con la línea de investigación que vayan a desarrollar.

El/la estudiante deberá cursar los complementos formativos a lo largo de los 2 primeros semestres de su periodo de Doctorado.