Proyectos de Innovación

Episodio 2: Elena

"Los que están"


Introducción

En este capítulo vengo a hablaros de redes de solidaridad, de aquellas personas que, en la cárcel, están ahí para los demás: la desconocida que se convierte en amiga, el compañero que te explica tu sentencia o la persona que te escribe una instancia cuando no sabes cómo hacerlo. Son gestos de solidaridad, de apoyo, que convierten un entorno hostil y lleno de tensiones en un espacio más soportable, donde la soledad pesa un poquito menos. 

A través de varias entrevistas, os muestro ejemplos de cómo las personas presas se apoyan en los momentos difíciles, de las dificultades que presenta la organización colectiva en la cárcel y de las diversas formas de ayuda legal que se prestan dentro de prisión: los compañeros que hacen escritos para otros porque tienen más experiencia y conocimientos legales, las que aconsejan a las demás sobre su situación jurídica o quienes traducen sentencias y escritos para quienes no hablan el idioma, que normalmente no reciben la asistencia lingüística suficiente de parte de las instituciones. 

Este capítulo es un viaje por los afectos y las formas de apoyo mutuo que aparecen tras las rejas, un relato de solidaridad y resistencias.

Elena


Guía de escucha

  • “Lo poquito que tengas, si lo compartes, ya es bastante”.

Este episodio está cargado de ejemplos de solidaridad contados de primera mano por sus protagonistas. Al principio, podemos escuchar el testimonio de una mujer que nos habla de algo muy importante en la cárcel: compartir. En este entorno en el que las personas están privadas de tantas cosas, es clave compartir lo poco que tengas con las demás compañeras, como nos comentaba esta entrevistada. Son estos pequeños gestos los que me hicieron pensar en la solidaridad como una forma de resistencia dentro de la cárcel.

  • “Los girasoles ciegos”, de Alberto Méndez.

Escuchando hablar a las personas entrevistadas, me di cuenta de lo importante que es generar afectos en estos entornos. El ejemplo de cómo las madres privadas de libertad comparten entre ellas la preocupación por sus hijos y se dan apoyo emocional unas a otras me recordó a una frase que Alberto Méndez escribe en el maravilloso libro “Los girasoles ciegos”, que te recomiendo encarecidamente que leas: “Las vidas larvadas en las prisiones reconstruyen con tal urgencia un historial de afectos, de recuerdos agolpados en el tiempo, que los propios presos se sorprenden de que, para generar los afectos anteriores, los de fuera, se necesite toda una vida vivida intensamente”.

→ Méndez, A. (2004). Los Girasoles Ciegos. Anagrama.

  • Hablar de solidaridad es hablar de la COPEL.

Aunque mi compañero Nicolás dedica un episodio entero a hablar de la historia de la COPEL, no podía dejar fuera de este repaso sobre redes de apoyo ese ejemplo paradigmático de solidaridad entre personas presas. Si queréis saber más sobre este fenómeno, además de escuchar el capítulo del podcast, os recomiendo que acudáis a materiales como el libro de "Cárceles en llamas" de César Lorenzo, o el siguiente documental sobre la COPEL

→ Lorenzo, C. (2013). Cárceles en llamas: el movimiento de presos sociales en la transición. Virus. 

  • La adopción del sistema modular en los años 90 responde a razones diversas. 

Si no estás familiarizado con cuestiones de derecho penitenciario, puede que no hayas entendido bien qué es exactamente una cárcel modular, un concepto al que se vuelve en otros episodios. Si quieres leer sobre el tema y comprender la distribución y estructura de los centros penitenciarios actuales, te recomiendo que acudas al siguiente enlace de la página web Proyecto Prisiones, en la que se explica de forma sencilla en qué consiste un “centro tipo”. Básicamente, son los centros que sustituyeron, a partir de los años 90, las cárceles del período de pre y postguerra por prisiones de tamaño mucho más grande, diseñadas a partir de unidades modulares. Los centros tipo supusieron una mejora de las condiciones de vida carcelaria, por tener mejores condiciones de habitabilidad y reducir la sobreocupación. También implicaron desventajas, como limitar las relaciones personales entre las personas privadas de libertad y alejar las cárceles de los centros urbanos. Las mayores medidas de seguridad de estos centros contribuyeron a minimizar las fugas y dejar atrás la fase de motines de los años 80 y primeros 90. Aquí te dejamos un texto de José Ángel Brandariz que aborda brevemente esta cuestión (páginas 71-72) en el contexto de la evolución del sistema penitenciario español: 

→ Brandariz García, J. A. (2016) Entre la rehabilitación, la incapacitación y el gerencialismo: Tránsitos de retóricas y prácticas del sistema penitenciario español, en García-Borés Espí, J. y Rivera Beiras, I. (coords) La cárcel dispar. Retóricas de legitimación y mecanismos externos para la defensa de los Derechos Humanos en el ámbito penitenciario, Observatori del Sistema Penal i els Drets Humas de la Universitat de Barcelona, pp. 65-89.

  • ¿Una instancia firmada de forma colectiva es un motín?

En ninguna parte del reglamento penitenciario se establece que firmar colectivamente instancias o solicitudes pueda constituir algo parecido a un motín. Sin embargo, algunas de las personas entrevistadas nos explicaron que, al plantear quejas de forma colectiva, existe el temor a ser sancionadas por estar organizando uno. Esta percepción errónea por parte de algunas las personas privadas de libertad de las consecuencias de articular respuestas colectivas a sus problemas nos parece significativa. Si quieres saber más sobre esto, también mi compañera Paloma hace referencia a ello en su episodio: tenéis algúnos datos más en su guía de escucha.

  • Cooperación en asuntos legales. 

Por su situación, las personas privadas de libertad están continuamente en contacto con abogados, sentencias, recursos y otros asuntos legales. En general, el lenguaje jurídico es difícil de comprender y, a veces, cosas como el poder acceder a un permiso pueden depender de algún tecnicismo. Por eso, muchas de las personas que entrevistamos nos hablan en este episodio de la importancia de ser solidario y ayudar a los compañeros con las dudas legales que puedan surgirles. En la cárcel, como se puede escuchar en este capítulo, se crean redes formales e informales de apoyo legal, que explican sentencias o ayudan a escribir instancias. Estos gestos pueden cambiar la vida de muchas personas en un entorno tan lleno de incertidumbre como es la cárcel. Quizás el libro más utilizado por las personas privadas de libertad para navegar el complicado mundo del derecho penitenciario es Manual de ejecución penitenciaria. Defenderse de la cárcel, que nos mencionaron en más de una entrevista. Lo tenéis descargable en la página personal de Julian Carlos Ríos. Os dejamos también el enlace a una introducción al derecho penitenciario español en la actualidad, a cargo de Cristína Rodriguez Yagüe.

→ Ríos Martín, J. C., Etxebarria Zarrabeitia, X. K., & Pascual Rodríguez, E. (2016). Manual de ejecución penitenciaria. Defenderse de la cárcel. Universidad Pontificia Comillas.

→ Rodríguez Yagüe, C. R. (2013). El sistema penitenciario español ante el siglo XXI. Iustel.

  • Todo se complica si eres extranjero.

Los problemas y dudas legales pueden aumentar si eres extranjero, tienes dificultad con el idioma o es la primera vez que estás en contacto con la administración del Estado español. Si quieres saber más sobre este problema del que hablo en el episodio te recomiendo que consultes algunos de estos materiales: 

→ García España, E. (2007). Extranjeros presos y reinserción: un reto del siglo XXI. En Ana Isabel Cerezo Domínguez y Elisa García España (coords.), La prisión en España: una perspectiva criminológica, 101-134. Comares.

→ Valero Garcés, C. (2020). Derechos de comunicación y lengua en centros penitenciarios: normativa y situación actual en España. Derecho y cambio social, 61, 414-436. 

→ Güerri, C. y Alarcón, P. (2021). Calidad de vida de migrantes presos: diferencias en la percepción de calidad de vida penitenciaria entre migrantes y autóctonos en las prisiones españolas. Política criminal, 16(31). 

  • La inhabilitación para el sufragio pasivo no es perder el derecho al voto. 

Pensar que las personas presas no tienen derecho al voto es un error muy habitual tanto dentro como fuera de la cárcel. Desde la aprobación del Código Penal de 1995, en España ya no existe la pena de privación del derecho al sufragio activo (votar). Sin embargo, sí que puede haber una inhabilitación para el sufragio pasivo; es decir, el derecho a presentarse como candidato en las elecciones. 

Durante las entrevistas, mis compañeras y yo nos dimos cuenta de que muchas veces se confundían estas dos cosas, quizás porque muchas personas presas no habían recibido una aclaración adecuada de lo que significaban los términos que aparecían en su sentencia. Este es solo un ejemplo más de las dificultades que muchas personas privadas de libertad tienen al enfrentarse al enrevesado mundo jurídico, en el que la vida de las personas depende completamente de lo que está escrito en su sentencia. 

  • Materiales adicionales. 

Si os ha interesado este episodio, aquí os dejo más materiales para que conozcáis mejor ese mundo de “los que están” en prisión: 

→ Ríos Martín, J. C., & Cabrera Cabrera P. J. (1998). Mil voces presasComillas: Universidad Pontifica de Comillas.

→ Gallego, M. , Cabrera Cabrera, P.J., Ríos, J.C. y Segovia, J.L. (2010). Andar 1km en línea recta. La cárcel del siglo XXI que vive el preso. Universidad Pontificia de Comillas. 

→ González Sánchez, I. (2012). La cárcel en España: mediciones y condiciones del encarcelamiento en el siglo XXI. Revista de Derecho Penal y Criminología, 8, 351-402.

→ Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (2022) Informe general de instituciones penitenciarias 2022, Madrid, SGIP.