Supervisión y seguimiento
Tutorización y dirección
Una vez admitido al Programa de Doctorado, a cada doctorando/a le será asignado, por parte de la Comisión Académica, un tutor/a. En el plazo máximo de tres meses desde su matriculación, la Comisión Académica asignará a cada doctorando un director/a de tesis doctoral, que podrá ser coincidente o no con el tutor/a.
El director/a de la tesis doctoral será el máximo responsable de la coherencia e idoneidad de las actividades formativas, del impacto y novedad en su campo de la temática de la tesis y de la guía en la planificación y su adecuación, en su caso, a la de otros proyectos y actividades donde se inscriba el doctorando. La tesis podrá ser codirigida como máximo por otros dos doctores cuando concurran razones de índole académica tales como temática interdisciplinaria, ámbito de colaboración con otras entidades nacionales o extranjeras, o carácter complementario de los codirectores. En todo caso, las codirecciones deben ser autorizadas por la Comisión Académica.
Las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los doctorandos se reflejarán en un Compromiso de Supervisión. Dicho compromiso será firmado por la Comisión Académica, el doctorando, el tutor/a y su/s director/es en el momento de la inscripción de la tesis.
Plan de Investigación
En el plazo máximo de tres meses desde que formalizó su matrícula, y siempre antes del 31 de enero de su primer curso académico en el programa, el doctorando/a elaborará un Plan de Investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar. El proyecto debe estar avalado por el tutor/a y el director/a, y contar con el visto bueno de la Comisión Académica del Programa.
Dicho plan deberá generarse anualmente y se podrá mejorar y detallar durante la estancia en el programa. Cada curso académico, el plan de investigación generado deberá ser validado y aceptado por el tutor/a o el director/a antes del periodo de evaluación conjunta establecido por el calendario correspondiente.
El Plan de Investigación del estudiante, ajustado al formato establecido por la UCM, se incluirá en la plataforma telemática RAPI, a la que se accede desde el portal GEA. (Aquí una guía sobre el uso de RAPI para alumnos.)
Documento de actividades
Una vez matriculado en el Programa de Doctorado, se abrirá para cada doctorando el Documento de Actividades que constituye el registro individualizado de control de todas las actividades realizadas cada curso académico relacionadas con el proceso de tesis doctoral. En este documento, el doctorando/a deberá incorporar todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorado y, en especial, las actividades formativas. Este documento será regularmente revisado por el Tutor/a y el Director/a de la tesis y evaluado por la Comisión Académica responsable del Programa de Doctorado.
El Documento de Actividades del estudiante, ajustado al formato establecido por la UCM, se incluirá en la plataforma telemática RAPI, a la que se accede desde el portal GEA. Ahí quedará constancia documental de la realización de las actividades del doctorando.
Plan de formación (solo para doctorandos que iniciaron estudios a partir del curso 2023-24)
Una vez matriculado en el Programa de Doctorado y antes de transcurridos seis meses, se elaborará para cada doctorado/a un plan de formación personal, que contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la realización de su tesis doctoral, conforme a lo establecido en la memoria del programa y con la asistencia de las personas responsables de su tutorización y de la dirección de la tesis. Dicho plan será regularmente revisado, junto con el plan de investigación, por el tutor/a y el director/a de la tesis, y evaluado anualmente por la Comisión Académica del programa.
Para la elaboración del plan de formación se ha establecido un documento estándar que se incluirá como pdf en el capítulo o ítem indicado en el Plan de Investigación en RAPI2. Deberá cumplimentarse el correspondiente a la modalidad de dedicación en el que se haya matriculado. Se puede acceder a este documento en el siguiente enlace.
Evaluación periódica de la Comisión Académica
De acuerdo con el calendario de evaluación conjunta, anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de Investigación, así como el Documento de Actividades, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el Tutor y el Director, para lo cual podrá contar con la participación de expertos internacionales. En el caso de que la Comisión Académica detecte carencias importantes, podrá emitir una evaluación negativa y solicitar que el doctorando/a presente un nuevo plan de investigación en el plazo de seis meses (evaluación extraordinaria); para lo cual, será condición indispensable que el doctorando realice la matrícula en el curso siguiente en el periodo establecido.
En cuanto al procedimiento de evaluación, la Comisión Académica tendrá en cuenta tres criterios principales: (i) la consistencia del Plan de Investigación, (ii) la adecuación a la tesis doctoral y (iii) el cumplimiento de las tareas planeadas y los resultados conseguidos.
La evaluación positiva del Plan de Investigación y del Documento de Actividades será requisito indispensable para continuar en el Programa. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de Investigación y, si acaso, completará el Documento de Actividades. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el Programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM.