Seguimiento del doctorando
Con carácter general en el Programa de Doctorado en Bioquímica, Biología Molecular y Biomedicina, para la supervisión de las tesis doctorales y seguimiento del doctorando se aplicará lo dispuesto en el artículo 11 del R.D 99/2011 (modificado en el Real Decreto 576/2023), que regula los estudios de Doctorado, así como la Normativa propia de la UCM que desarrolla dicho decreto.
Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el Documento de actividades junto con los informes, que a tal efecto, deberán emitir el tutor y el director (informe tutor) (informe director). Dichos documentos deberán remitirse por correo electrónico a la Comisión Académica de doctorado (dbbm@ucm.es). La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que debe ser debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM.
Cuenta de correo UCM. Los estudiantes deben tener una cuenta de correo en la UCM para poder acceder a RAPI2 (aplicación informática para el Registro de Actividades y Plan de Investigación). Si no se dispone de cuenta UCM, se debe pedir la “Activación de cuenta UCM” [https://www.ucm.es/activacion-del-correo-electronico-institucional-1]. Si alguien tiene algún problema, debe contactar con la Secretaría de su centro.Tercer Ciclo ha utilizado ahora el correo que el estudiante indicó para la admisión pero normalmente contactará a través del correo de la UCM. Algunos/bastantes estudiantes no leen el correo UCM por lo que se recomienda que lo consulten con regularidad o que los correos UCM se desvíen hacia las cuentas personales.
Para la valoración de las actividades y del Plan de Investigación, una vez matriculado en el programa, se abrirá para cada doctorando el DOCUMENTO DE ACTIVIDADES PERSONALIZADO a efectos del registro individualizado de control (artículo 2.5 del Real Decreto 99/2011). En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorado según regule la UCM, o la propia Comisión Académica. Este documento será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado por la Comisión Académica responsable del programa de doctorado.
Antes de la finalización del primer año el doctorando debe elaborar un PLAN DE INVESTIGACIÓN que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Dicho plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por el tutor y el director y contar con el visto bueno de la Comisión Académica del programa.
El acceso al Documento de Actividades y Plan de Investigación en la aplicación RAPI2 (Registro de Actividades y Plan de Investigación) se encuentra en el portal de Gestión Académica en la siguiente dirección: https://geaportal.ucm.es/. En él se debe pulsar el icono de RAPI y posteriormente el estudiante deberá identificarse. El acceso al documento se consigue seleccionando la etiqueta “Documento de Actividades y Plan de Investigación”.
La “Guía del usuario” para estudiantes de doctorado, para cumplimentar el documento de actividades o el plan de investigación en RAPI 2 se encuentra en https://edoctorado.ucm.es/documento-de-actividades-y-plan-de-investigacion. En ella se explica el procedimiento que debe seguir el alumno para cumplimentar los distintos apartados. En el enlace https://edoctorado.ucm.es/textos/260415 se recogen preguntas frecuentes sobre la aplicación "RAPI2" (vídeo explicativo Rapi2).
La UCM informa en la página de la Escuela de Doctorado [https://edoctorado.ucm.es/curso-2021-2022] el Calendario de Evaluación Conjunta del Documento de Actividades del Doctorando y del Plan de Investigación con la fecha límite para modificar (15 junio este curso; ver calendario de evaluación) el documento de actividades y el plan de Investigación en la aplicación RAPI2. Hay que tener en cuenta que la información recogida en RAPI2 es la única que se tendrá en consideración a la hora de depositar la Tesis Doctoral.
DOCUMENTOS (ACTIVIDADES FORMATIVAS Y PLAN DE INVESTIGACIÓN) que el doctorando deberá remitir a dbbm@ucm.es:
La Comisión Académica del Programa de Doctorado recomienda tener actualizado un documento de Word con todos los méritos (CV) ya que para la evaluación anual se solicita un único pdf con la información completa, las correspondientes justificaciones y firmados y con el visto bueno del tutor y directores (plantilla para el documento de actividades formativas). En dicho documento se deben recoger publicaciones, asistencia a conferencias/seminarios (indicando al menos título de la charla, conferenciante y lugar), cursos realizados, asistencia a congresos, actividades de movilidad y cualquier otra actividad que el doctorando desee que conste en su expediente.
También es recomendable disponer en formato Word el Plan de Investigación en el que se indiquen:
- Título de la tesis, tutor y director así como lugar de realización de la tesis.
- Aspectos que se solicitan en RAPI2:
- Metodología a utilizar
- Objetivos que se pretenden alcanzar
- Medios a utilizar
- Planificación temporal del plan de investigación
- Apartado de "otros" (donde se deben recoger los antecedentes del trabajo)
Plantilla para el Plan de Investigación (extensión recomendada: 2-3 DIN-A4, letra Arial 11pt; debe ir firmado y con el visto bueno del tutor y director/es)
Seguimiento del doctorando (BOUC 29 abril 2015)
Artículo 8. Supervisión y seguimiento del doctorando
8.7. Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar. El proyecto debe estar avalado por el tutor y el director, contar con el visto bueno de la Comisión Académica del programa.
8.8. Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el registro de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM.