Seguimiento del Doctorando
Con carácter general en el Programa de Doctorado en Biología, para la supervisión de las tesis doctorales y seguimiento del doctorando se aplicará lo dispuesto en el artículo 11 del R.D 99/2011, que regula los estudios de Doctorado, así como la Normativa propia de la UCM que desarrolla dicho decreto.
Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el Documento de actividades junto con el informe de seguimiento que deben emitir el tutor y el director. Dicho documento deberá remitirse por correo electrónico a la Comisión Académica del Programa (PDBiologia@ucm.es). El calendario se puede consultar en: https://edoctorado.ucm.es/curso-2022-2023. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que debe ser debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM.
A lo largo de todos los cursos en los que estén matriculados, los estudiantes deben rellenar el Documento de Actividades en el RAPI2 y enviar a su tutor/director los certificados de las actividades y cursos realizados. Tutores y directores revisarán esas actividades de manera regular y la Comisión Académica del Programa de manera anual.
Antes de la finalización del primer año el doctorando debe elaborar un PLAN DE INVESTIGACIÓN que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar, los objetivos a alcanzar así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Cada curso se deberá actualizar en el RAPI2 de cara a la evaluación anual.
Cuenta de correo UCM. Los estudiantes deben tener una cuenta de correo en la UCM para poder acceder a RAPI2 (aplicación informática para el Registro de Actividades y Plan de Investigación). Si no se dispone de cuenta UCM, se debe pedir la “Activación de cuenta UCM”. Si alguien tiene algún problema, debe contactar con la Secretaría. Tercer Ciclo ha utilizado ahora el correo que el estudiante indicó para la admisión pero normalmente contactará a través del correo de la UCM. Se recomienda consultar con regularidad este correo o desviarlo hacia las cuentas personales.
El acceso al Documento de Actividades y Plan de Investigación en la aplicación RAPI2 (Registro de Actividades y Plan de Investigación) se encuentra en el portal de Gestión Académica en la siguiente dirección: https://geaportal.ucm.es/. En él se debe pulsar el icono de RAPI y posteriormente el estudiante deberá identificarse. El acceso al documento se consigue seleccionando la etiqueta “Documento de Actividades y Plan de Investigación”.
La “Guía del usuario” para estudiantes de doctorado, para cumplimentar el documento de actividades o el plan de investigación en RAPI 2 se encuentra en https://edoctorado.ucm.es/documento-de-actividades-y-plan-de-investigacion. En ella se explica el procedimiento que debe seguir el alumno para cumplimentar los distintos apartados. En el enlace https://edoctorado.ucm.es/textos/260415 se recogen preguntas frecuentes sobre la aplicación "RAPI2".
Plan de formación (solo para doctorandos que iniciaron estudios a partir del curso 2023-24)
Realizada la matrículación en el programa y antes de transcurridos seis meses, se elaborará para cada doctorado/a un plan de formación personal, que contendrá una previsión de las distintas actividades formativas que se desarrollarán durante la realización de su tesis doctoral, conforme a lo establecido en la memoria del programa y con la asistencia de las personas responsables de su tutorización y de la dirección de la tesis. Dicho plan será regularmente revisado, junto con el plan de investigación, por el tutor/a y el director/a de la tesis, y evaluado anualmente por la Comisión Académica del programa.
Para la elaboración del plan de formación se ha establecido un documento estándar que se incluirá como pdf en el capítulo o ítem indicado en el Plan de Investigación en RAPI2. Deberá cumplimentarse el correspondiente a la modalidad de dedicación en el que se haya matriculado:
Seguimiento del doctorando (BOUC 29 abril 2015)
Artículo 8. Supervisión y seguimiento del doctorando
8.7. Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar. El proyecto debe estar avalado por el tutor y el director, contar con el visto bueno de la Comisión Académica del programa.
8.8. Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el registro de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM.