Cotutela
Cotutela de la tesis entre dos universidades
El pasado 29 de abril de 2015 se publicó en el BOUC la Normativa sobre cotutelas.
La Normativa puede encontrarse en este link
En ella se establece que:
- Sólo se consideran cotutelas con otras universidades no españolas.
- Para poder tramitar una cotutela, tras la solicitud de doctorando, el coordinador del Programa de Doctorado, como responsable de la Comisión Académica, deberá elaborar un informe que se ha identificado como "Anexo II", y remitirlo a la Comisión de Doctorado para su aprobación, si procede.
-
La tramitación del convenio la realizará la Oficina de Relaciones Internacionales, pero no se podrá iniciar hasta que la Comisión de Doctorado lo haya autorizado.
- No se tramitará ninguna cotutela que no se ajuste a la normativa.