Descripción General del SGIC
RESPONSABLES DEL SISTEMA DE GARANTÍA INTERNO DE CALIDAD
El master universitario en Farmacia y Tecnología Farmacéutica es un master interuniversitario donde participan la Universidad de Alcalá de Henares y la Universidad Complutense de Madrid (coordinadora).
El reglamento del SGIC fue aprobado el 23 de mayo de 2013. El/La responsable unipersonal de garantizar la calidad interna del Máster Univesitario en Farmacia y Tecnología Farmacéutica será el/la Decano/a de la Facultad de Farmacia de la Universidad Complutense, como coordinadora.
Como máxima responsable de la calidad de la Titulación del Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica, se crea una Comisión de Calidad del Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica, aprobada por la Junta de Centro. En dicha Comisión, el/la Decano/a de la Facultad de Farmacia actuará como Presidente/a y estará específicamente dedicada a garantizar la calidad del Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica y su funcionamiento se regirá por un reglamento específico que será aprobado por la Junta de Centro
En la Comisión de Calidad estarán representados todos los colectivos de la Comunidad Universitaria: alumnado, profesorado y el personal de administración y servicios. Asimismo, se contará con agentes externos, pudiendo ser expertos/as en evaluación de la calidad de otras Facultades o Universidades, o designados/as por las Agencias Autonómicas o Estatales de Evaluación, el Colegio de Farmacéuticos de Madrid o por empresas u organizaciones empresariales relacionadas con el Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica en Farmacia.
COMISIÓN DE CALIDAD DEL MÁSTER EN FARMACIA Y TECNOLOGÍA FARMACÉUTICA
COMPOSICION: La Comisión de Calidad estará constituida por:
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Presidente/a de la Comisión: Decano/a de la Facultad de Farmacia
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Secretario: El coordinador general del Máster.
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Los Directores de los siguientes Departamentos coordinadores del Máster:
Departamento de Farmacia Galénica y Tecnología Alimentaria (UCM)
Unidad de Farmacia y Tecnología Farmacéutica Facultad Farmacia (UAH)
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2 Coordinadores de estudios avanzados
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Un representante del Personal de Administración y Servicios de la Universidad coordinadora
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Un estudiante del Máster
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Un agente externo: Un profesor/a de investigación del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), un/a representante de la industria farmacéutica, o expertos/as en evaluación de la calidad de otras universidades.
FUNCIONES: Serán funciones de la Comisión de Calidad:
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Establecer y fijar la política de calidad del Título de acuerdo con la política de calidad de la Facultad
de Farmacia de la Universidad Complutense.
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Realizar el seguimiento del Sistema de Garantía Interna de Calidad.
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Gestionar y coordinar todos los aspectos relativos a dicho sistema.
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Realizar el seguimiento y evaluación de los objetivos de calidad del Título.
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Realizar propuestas de revisión y de mejora, y hacer un seguimiento de las mismas.
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Proponer y modificar los objetivos de calidad del Título.
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Recoger información y evidencias sobre el desarrollo y aplicación del programa formativo de la
Titulación (objetivos, desarrollo de la enseñanza y aprendizaje y otros).
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Gestionar el Sistema de Información de la Titulación
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Informar, a petición de su Presidente/a, las propuestas de normativa interna que se sometan a la
consideración de la Junta de la Facultad de Farmacia de la Universidad coordinadora.
FUNCIONAMIENTO Y TOMA DE DECISIONES: La Comisión de Calidad contará con un Reglamento de funcionamiento que será aprobado por la Junta de la Facultad de Farmacia de la Universidad coordinadora y que contemplará:
- Las reuniones de la Comisión de Calidad serán ordinarias, y siempre al comienzo y al final de cada curso académico y extraordinarias con los requisitos que establezca el Reglamento de funcionamiento de la Comisión de Calidad.
- La toma de decisiones requerirá la aprobación por mayoría simple de los miembros presentes. En caso de empate en la votación, el/la Presidente/a de la misma dirimirá con voto de calidad.
- Las medidas de mejora se comunicarán tanto a los implicados en las mismas, como a la Junta de la Facultad de Farmacia de la Universidad coordinadora, órgano que deberá ratificarlas, cuando por la naturaleza del acuerdo sea necesario.
La Comisión de Calidad elaborará anualmente una Memoria de sus actuaciones y un plan de mejoras de la titulación que deberá ser aprobado por la Junta de Centro y difundido tal y como se especifica en el punto 9.7.
PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y MEJORA DE LA CALIDAD DE LA ENSEÑANZA Y EL PROFESORADO
CALIDAD DE LA ENSEÑANZA: La Comisión de Calidad del Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica elaborará anualmente un informe sobre la marcha de las enseñanzas de la Titulación recabando información de:
- La Secretaría de Estudiantes de los Centros participantes y los programas de gestión informática.
- Los Servicios de Coordinación y Gestión Académica de cada Centro.
- La Dirección de los Centros.
- Los Departamentos implicados en las enseñanzas.
- El resto de procedimiento de recogida de información del Sistema de Información de la titulación
En dicho informe se recogerá y analizará información sobre los siguientes aspectos:
- Difusión del programa formativo.
- Acceso e ingreso de estudiantes, incluyendo planes de acogida o tutorización.
- Coordinación del profesorado de la Titulación.
- Orientación formativa a los/las estudiantes, así como sobre las salidas profesionales.
- Recursos e infraestructuras de la Titulación.
- Estructura y características del profesorado y personal de apoyo de la Titulación.
- Datos sobre las resoluciones de las solicitudes, quejas, sugerencias y observaciones junto con las reclamaciones presentadas ante la propia Comisión de Calidad.
- Información general sobre la matrícula y estructura de grupos de enseñanza, movilidad de los/las estudiantes, estudiantes en prácticas y otros.
La Comisión de Calidad analizará estos datos y realizará propuestas de revisión y de mejoras que remitirá para su aprobación a la Junta de Centro. El seguimiento de la aplicación de las mejoras propuestas y aprobadas por la Junta de Centro, será realizado por la propia Comisión de Calidad que elaborará el correspondiente informe de seguimiento que difundirá a través de la página Web del Centro.
EVALUACIÓN Y CALIDAD DEL PROFESORADO: Los procedimientos de evaluación y mejora de la calidad del profesorado de la titulación son los procedimientos establecidos en el Programa Docentia de la UCM verificados por ANECA con fecha de 31 de marzo de 2008. La titulación evaluará a su profesorado al menos cada tres años. Los efectos y las consecuencias para el profesorado y la Titulación serán los regulados por la Universidad Complutense.
SATISFACCIÓN DE LOS ACTORES IMPLICADOS EN LA TITULACIÓN: La información sobre la valoración global y sobre aspectos específicos de la Titulación y de los actores implicados en la misma (alumnado, profesorado y personal de apoyo) se obtendrá mediante encuestas que serán remitidas a los distintos actores implicados en la titulación dentro del correspondiente curso académico, pudiendo asimismo realizarse a través de medios electrónicos, informáticos y telemáticos. Para la realización de estas encuestas se contará con la ayuda técnica de la Oficina para la Calidad de la Universidad Complutense, que elaborará los cuestionarios y llevará a cabo su tratamiento analítico.
La Comisión de Calidad recibirá cuantas solicitudes, reclamaciones, sugerencias y observaciones deseen realizar cualquiera de los actores implicados en el desarrollo del Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica, así como de las reclamaciones que realicen. En la recepción y tramitación de cualquier procedimiento ante la Comisión de Calidad se asegurarán todas las garantías legalmente previstas para los procedimientos administrativos.
La Comisión de Calidad actuará de oficio, o a instancia de parte en relación con las solicitudes, quejas, sugerencias y observaciones que sean susceptibles de necesitar su intervención. Cualquier implicado en el desarrollo del Título de Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica (profesorado, alumnado y PAS), sin restricción alguna, podrá dirigirse la Comisión de Calidad a título individual o colectivo.
PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN SOBRE RECLAMACIONES:
1. Las reclamaciones serán formuladas por el/la interesado/a mediante la presentación de un escrito que contenga sus datos personales, el sector de la comunidad universitaria al que pertenece y su domicilio a efectos de notificación, y en el que se concretarán de forma resumida, pero con suficiente claridad, los hechos que originan la reclamación, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea, dirigiendo la petición a la Comisión de Calidad. El escrito se presentará con libertad de forma, si bien la Comisión de Calidad pondrá a disposición de los/las interesados/as impresos que faciliten la presentación del escrito. Los interesados podrán recabar de la propia Comisión de Calidad asesoramiento para cumplimentar dichos impresos o redactar y presentar sus propios escritos.
2. La Comisión de Calidad efectuará el registro de todos los escritos presentados y enviará el correspondiente acuse de recibo a los que lo hayan presentado. A estos únicos efectos, la Comisión de Calidad dispondrá de un registro propio, no integrado en el sistema general de registros de las Universidades implicadas en el Máster. Dicho registro tendrá carácter reservado, al objeto de garantizar la confidencialidad de los asuntos tramitados.
3. La Comisión de Calidad no admitirá a trámite las reclamaciones ni las observaciones anónimas, las formuladas con insuficiente fundamentación o inexistencia de pretensión, a las que se unirán todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todos los casos se comunicará por escrito a la persona interesada los motivos de la no admisión.
4. La Comisión no entrará en el examen individual de aquellas reclamaciones sobre las que esté pendiente resolución judicial o expediente administrativo y suspenderá cualquier actuación si, en el transcurso de su tramitación, se iniciara un procedimiento administrativo o se interpusiera demanda o recurso ante los tribunales ordinarios. Ello no impedirá, no obstante, la investigación de los problemas generales planteados en las reclamaciones presentadas. Admitida la reclamación, la Comisión de Calidad promoverá la oportuna investigación y dará conocimiento a todas las personas que puedan verse afectadas por su contenido.
5. En la fase de investigación del procedimiento, los miembros de la Comisión de Calidad podrán personarse en cualquier dependencia del Centro para comprobar cuantos datos fueran menester, hacer las entrevistas personales pertinentes o proceder al estudio de la documentación necesaria; igualmente, la Comisión de Calidad podrá recabar los informes externos que considere convenientes.
6. Una vez concluidas sus actuaciones la Comisión de Calidad, notificará su resolución a los/las interesados/as y la comunicará al órgano universitario afectado, con las sugerencias y/o recomendaciones que considere adecuadas para la subsanación de las deficiencias observadas.
7. En todo caso, la Comisión de Calidad deberá resolver las reclamaciones dentro del plazo de tres meses desde que fue admitida a trámite la reclamación.
CUMPLIMIENTO DE OBJETIVOS FORMATIVOS Y RESULTADOS DE APRENDIZAJE.
Los objetivos formativos globales y finales y los resultados de aprendizaje de la Titulación se miden en el Trabajo Fin de Máster, así como en la información recogida en la medición de calidad de la enseñanza y profesorado, la información de las encuestas de inserción laboral, de los programas de movilidad y de los diferentes procedimientos especificados en el Sistema de Información. Además se utilizarán los indicadores que se mencionan a continuación, junto con la opinión del profesorado y del alumnado expresada en las encuestas de satisfacción. Se elaborarán los siguientes indicadores:
- Tasa de eficiencia: calculada como la relación porcentual entre el número total de créditos establecidos en el Plan de Estudios y el número total de créditos en los que han tenido que matricularse a lo largo de sus estudios el conjunto de estudiantes matriculados en un determinado curso académico.
- Tasa de abandono: calculada como la relación porcentual entre el número total de estudiantes de una cohorte de nuevo ingreso que debieron obtener el título el año académico anterior y que no se han matriculado ni en ese año académico ni en el posterior.
- Tasa de graduación: calculada como el porcentaje de estudiantes que finalizan la enseñanza en el tiempo previsto en el Plan de Estudios (d) o en un año más (d+1) en relación con su cohorte de entrada.
- Tasa de rendimiento: calculada como el porcentaje de créditos superados respecto a los créditos matriculados en el total del Máster.
- Tasa de éxito: calculada como el porcentaje de créditos superados respecto a los créditos presentados a examen en el total del Máster.
La Comisión de Calidad analizará estos datos y emitirá anualmente propuestas de revisión y mejora de la Titulación a la Junta de Centro que adoptará las medidas necesarias para su ejecución.
PROCEDIMIENTO PARA GARANTIZAR LA CALIDAD DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS Y LOS PROGRAMAS DE MOVILIDAD.
Prácticas externas: No están previstas.
Movilidad: No se contempla la movilidad de estudiantes debido a la imposibilidad de que un alumno de un Máster de 60 créditos pueda cumplir los requisitos establecidos en las convocatorias Erasmus.
PROCEDIMIENTOS DE ANÁLISIS DE LA INSERCIÓN LABORAL DE LOS/LAS GRADUADOS/AS Y DE LA SATISFACCIÓN CON LA FORMACIÓN RECIBIDA.
Dos años después de que salgan los primeros/as egresados/as del Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica, se realizarán encuestas promovidas por el Rectorado de la Universidad, con la participación de la Oficina para la Calidad de la Universidad, para conocer el nivel de inserción laboral del Máster y, también, la satisfacción con la formación recibida en la titulación para dicha inserción laboral. Se recabará, al menos, información del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, organizaciones empresariales (FARMAINDUSTRIA) y asociaciones profesionales (Asociación Española de Farmacéuticos de la Industria-AEFI) sobre la inserción laboral y la satisfacción con la formación recibida.
Para recopilar esta información, cada curso académico, la Comisión de Calidad del Máster en Farmacia y Tecnología Farmacéutica enviará a estas organizaciones cuestionarios y, en caso de existencia de informes sobre la inserción laboral y la satisfacción con la formación recibida, se les solicitará su remisión. La Comisión de Calidad del Máster valorará y analizará toda esta información periódicamente y emitirá propuestas de revisión y mejora de la titulación, que remitirá a la Junta de la Facultad de Farmacia de la Universidad Complutense, que adoptará las medidas necesarias para su ejecución, con el objetivo de lograr una mejora continua en la formación e inserción laboral de los alumnos. Se recogerá la satisfacción de los egresados con la formación recibida mediante una encuesta en el momento en que soliciten el título del master en las Secretarías de alumnos de los centros implicados. La comisión de calidad valorará y analizará toda esta información periódicamente y emitirá propuestas de revisión y mejora del plan de estudios de la titulación.
SISTEMA DE INFORMACIÓN
Se creará un Sistema de Información que recogerá sistemáticamente todos los datos e información necesarios para realizar el seguimiento y evaluación de calidad del título y su desarrollo, así como de las propuestas de mejora. La Comisión de Calidad de la Titulación recibirá ayuda técnica en los procesos de aseguramiento de la calidad de la Oficina Complutense para la Calidad de la Universidad Complutense, en especial para:
- La aplicación del programa Docentia.
- La aplicación de las encuestas de satisfacción.
- La medición de la inserción laboral.
Por otra parte, la Vicegerencia de Gestión Académica proporcionarán información de la base de datos informática que recoge la gestión de matrícula, de actas y otros, para la elaboración de los indicadores que se han señalado y la información relativa al alumnado. El Sistema de Información de la Titulación incluye, entre otros, los siguientes procedimientos y fuentes de datos:
- Memoria anual del funcionamiento de la Titulación en la que se incluirá, entre otras cosas, toda la información, indicadores y análisis relativos a la garantía interna de calidad.
- Propuestas de mejora de la Comisión de Calidad de la Titulación y seguimiento de las mismas.
- Evaluación del profesorado mediante la aplicación del Programa Docentia y otros procedimientos.
- Resultados del sistemas de verificación del cumplimiento por parte del profesorado de sus obligaciones docentes.
- Reuniones de coordinación, de valoración y reflexión al final del Curso académico y con una programación anual de tres reuniones por curso académico.
- Resultados de las encuestas de satisfacción al alumnado, profesorado y personal de administración y servicios.
- El sistema de reclamaciones, sugerencias y observaciones.
- Información de las bases de datos existentes de matrícula, actas y otras facilitadas por las Vicegerencias de Gestión Académica.
- Resultados de las encuestas de inserción laboral.
CRITERIOS ESPECÍFICOS EN EL CASO DE EXTINCIÓN DE LOS PLANES DE ESTUDIOS CONDUCENTES A LA OBTENCIÓN DE TÍTULOS OFICIALES
Serán motivos para la extinción del Máster Universitario en Farmacia y Tecnología Farmacéutica:
No haber superado el proceso de evaluación para su acreditación (previsto en el artículo 27 de Real Decreto 1393/2007 y en el artículo 27 del Real Decreto 861/2010) y que el plan de ajustes no subsane las deficiencias encontradas. Si se considera que el Título ha realizado modificaciones en el Plan de Estudios que supongan un cambio notable en los objetivos y naturaleza del Título (según indica el art. 28 del Real Decreto 1393/2007 y el artículo 28 del Real Decreto 861/2010).
A petición del Centro, tras la aprobación en la Junta de Facultad, de forma razonada según los siguientes criterios específicos:
a) que en tres años consecutivos no se superen los 20 alumnos matriculados en el conjunto de las tres Universidades, o bien a petición, motivada y justificada, del Consejo de Gobierno de la Universidad o de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de las competencias que tengan atribuidas legal o reglamentariamente. Si la inserción laboral de los/las egresados/as fuera inferior al 33% durante cinco años consecutivos y la Comisión de Calidad del Centro, tras analizar el interés profesional del Título, emitiera informe proponiendo su extinción. La Oficina para la Calidad de la Universidad se encargarán de incorporar dichos criterios al Archivo documental del Título. La suspensión del Plan de Estudios será aprobada por el Consejo de Gobierno y se desarrollará según lo establecido en el artículo 28 del Real Decreto 1393/2007 y RD 861/2012 art. 28.
En caso de suspensión del Máster Universitario en Farmacia y Tecnología Farmacéutica, quedará garantizado el adecuado desarrollo de las enseñanzas que hubieran iniciado sus estudiantes hasta su finalización, contemplando, en entre otros, los siguientes puntos: No admitir matrículas de nuevo ingreso en la Titulación. La implantación de acciones específicas de tutorías y de orientación para los/las estudiantes repetidores. Garantizar el derecho a evaluación hasta agotar las convocatorias reguladas en la normativa específica de la Universidad participante.