Estudios LGBTIQ+
Master's Programme. Academic Year 2024/2025.
Objectives
Los objetivos de carácter formativo del programa se corresponden a las cualificaciones requeridas para el nivel de Máster recogidas en el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio por el que se establece el marco Superior de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES), que se describen a continuación en términos de resultados del aprendizaje:
a) haber adquirido conocimientos avanzados y haber demostrado, en un contexto de investigación científica y tecnológica o altamente especializado, una comprensión detallada y fundamentada de los aspectos teóricos y prácticos y de la metodología de trabajo en uno o más campos de estudio;
b) saber aplicar e integrar sus conocimientos, la comprensión de estos, su fundamentación científica y sus capacidades de resolución de problemas en entornos nuevos y definidos de forma imprecisa, incluyendo contextos de carácter multidisciplinar tanto investigadores como profesionales altamente especializados;
c) saber evaluar y seleccionar la teoría científica adecuada y la metodología precisa de sus campos de estudio para formular juicios a partir de información incompleta o limitada incluyendo, cuando sea preciso y pertinente, una reflexión sobre la responsabilidad social o ética ligada a la solución que se proponga en cada caso;
d) ser capaces de predecir y controlar la evolución de situaciones complejas mediante el desarrollo de nuevas e innovadoras metodologías de trabajo adaptadas al ámbito científico/investigador, tecnológico o profesional concreto, en general multidisciplinar, en el que se desarrolle su actividad;
e) saber transmitir de un modo claro y sin ambigüedades a un público especializado o no, resultados procedentes de la investigación científica y tecnológica o del ámbito de la innovación más avanzada, así como los fundamentos más relevantes sobre los que se sustentan;
f) haber desarrollado la autonomía suficiente para participar en proyectos de investigación y colaboraciones científicas o tecnológicas dentro su ámbito temático, en contextos interdisciplinares y, en su caso, con una alta componente de transferencia del conocimiento;
g) ser capaces de asumir la responsabilidad de su propio desarrollo profesional y de su especialización en uno o más campos de estudio.
Así mismo, el Máster está estrechamente relacionado con:
(1.) las directrices, propuestas e indicaciones que establece la LEY 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid,
(2.) en los objetivos que estratégicamente el rectorado de la Universidad Complutense de Madrid que se ha ido vertebrando estos años gracias a la implementación por parte del Rectorado con el nombramiento de Delegado del Rector para la Diversidad y el Medio Ambiente, así como la creación de la Unidad de Apoyo a la Diversidad e Inclusión y, en concreto, de la Oficina de Diversidad Sexual e Identidad de Género
(3.) en la larga y fecunda tradición académica internacional en Estudios LGBTIQ+, tanto en docencia universitaria como en investigación y
(4.) en el trabajo de años que los cinco grupos de investigación que están en la base de esta propuesta llevan desarrollando en la Complutense, tanto a nivel de investigación como en el desarrollo de actividades formativas.
En concreto este Máster se propone como objetivos concretos:
- Dar una formación altamente especializada en diversidad sexual e identidad de género, corazón básico de los estudios LGBTIQ+.
- Impartir una formación que cumpla las necesidades formativas establecidas en la LEY 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid.
- Establecer una docencia puntera, innovadora y de profunda raíz académica, interdisciplinar y basada en una investigación avanzada y flexible con las diversas necesidades que la sociedad demande.
- Una docencia que posibilite y potencie el aprendizaje activo de los estudiantes.
- Promover la mejora e innovación en los estudios LGBTIQ+, así como fundamentar la igualdad, la prevención de la discriminación y el apoyo a la visibilidad de la diversidad sexual e identidad de género.
- Favorecer el desarrollo de colaboraciones docentes y de investigación con académicos internacionales por medio de programas colaborativos internacionales, así como programas interuniversitarios y el fomento de intercambios y de movilidad internacional.
- Potenciar las relaciones con el entorno empresarial, de organizaciones y administraciones públicas (por medio de colaboraciones y prácticas en empresas e instituciones).
- Desarrollar un programa de evaluación integral de la actividad docente que asegure una docencia de calidad e incentive las prácticas de excelencia.
- Fomentar programas de movilidad nacional e internacional de estudiantes que complementen las aportaciones de los programas oficiales.
General, specific, and interdisciplinary skills that students should acquire during their studies
COMPETENCIAS
GENERALES
CG1 - Poseer y comprender los conocimientos derivados de los Estudios LGBTIQ+ que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, bien en un contexto de investigación o de desarrollo profesional, utilizando métodos y técnicas de investigación social, así como los mejores conocimientos y prácticas de trabajo comunitario y de gestión y evaluación de servicios sociales disponibles.
CG2 - Capacidad para poder analizar y resolver los problemas de investigación y análisis a nivel de especialista que se planteen, con base en los conocimientos del ámbito de los Estudios LGBTIQ+.
CG3 - Poseer el conocimiento y dominio de todas las fases del proceso de investigación así como la capacidad para interactuar, promover cambios y apoyar el desarrollo de redes y vínculos sociales en individuos, grupos, organizaciones sociales (formales e informales) y comunidades que permitan reforzar las estrategias de cooperación, ayuda y colaboración dirigidas principalmente a las personas y grupos LGBTIQ+.
CG4 - Capacidad para integrar conocimientos y enfrentarse a cuestiones complejas y con información limitada y para formular juicios de experto en el ámbito de los Estudios LGBTIQ+.
CG5 - Elaborar informes de evaluación, monitorización o dictámenes apoyados en normas externas complementadas, en su caso, por reflexiones personales, que podrán apoyarse en información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de los conocimientos en Estudios LGBTIQ+.
CG6 - Capacidad de auto-aprendizaje y de búsqueda autónoma de información para resolver problemas que plantean la contextualización teórica, histórica, social y la gestión de las tareas altamente especializadas en Estudios LGBTIQ+.
CG7 - Capacidad para utilizar con solvencia los recursos y herramientas especializadas de los estudios LGBTIQ+, los métodos prácticos de presentación de resultados, redacción de informes y artículos para revistas académicas y de alta divulgación más empleadas en este nivel.
CG8 - Saber comunicar las conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades.
CG9 - Mostrar y fomentar las consideraciones éticas y códigos deontológicos con referencia a las cuestiones LGBTIQ+.
TRANSVERSALES
CT1 - Desarrollo del razonamiento lógico y crítico.
CT2 - Capacidad de análisis y síntesis de las problemáticas abordadas.
CT3 - Tomar decisiones de forma racional.
CT4 - Motivación y superación.
CT5 - Sentido de la responsabilidad y del esfuerzo.
CT6 - Capacidad de comunicación oral.
CT7 - Planificar el propio trabajo.
CT8 - Capacidad de trabajo en equipo.
CT9 - Capacidad crítica y autocrítica.
CT10 - Fomentar las capacidades de innovación y de liderazgo
ESPECÍFICAS
CE1 - Saber aplicar los distintos métodos de investigación de los Estudios LGBTIQ+, discriminando en base a su fundamentación científica, a contextos de carácter multidisciplinar. |
CE2 - Demostrar capacidad de identificar, utilizar, combinar y ponderar las fuentes de información relevantes en el estudio de los problemas socioculturales LGBTIQ+. |
CE3 - Ser capaz de aplicar e integrar los conocimientos LGBTIQ+ en entornos nuevos, incluyendo contextos de carácter multidisciplinar tanto investigadores como profesionales altamente especializados. |
CE4 - Capacidad para identificar situaciones de violencia, así como las variables que la componen, prestando especial atención a situaciones de mayor vulnerabilidad por razones de género, de raza, etnicidad, clase, estatus migratorio, diversidad funcional o de capacidades cognitivas. |
CE5 -Dotar al estudiantado de la capacidad de conocer y aplicar técnicas de investigación dentro del ámbito de los Estudios LGBTIQ+ en contextos interdisciplinares. . |
CE6 - Capacidad de elaborar y evaluar reflexiva y críticamente programas y actuaciones de intervención en los problemas socioeducativos y culturales relacionados con los ámbitos LGBTIQ+. |
CE7 - Realizar un acercamiento crítico a las diversas concepciones y prácticas que sustentan la cisheteronormatividad. |
CE8 - Identificar y saber analizar los procesos de emergencia de nuevas problemáticas y nuevos objetos de conocimiento referidos a la diversidad sexual, familiar y de identidad de género. |
CE9 - Capacidad de orientación y promoción, en el ámbito de actuación de Trabajo Social, de políticas de intervención social desde el conocimiento especializado de los Estudios LGBTIQ+. |
CE10 - Prevenir, detectar, identificar y analizar problemas de situaciones de discriminación, desigualdad, subordinación y exclusión por orientación sexual e identidad de género para diseñar estrategias de prevención, detección e intervención tendentes a su resolución y a la promoción de contextos equitativos, corresponsables y sostenibles socialmente. |
CE11 - Capacidad para llevar a cabo un trabajo de investigación que combine las fuentes y metodologías de la investigación especializada en Estudios LGBTIQ+ con la capacidad analítica y de exponerlo coherentemente por escrito y oralmente, mostrando un dominio adecuado de la investigación. |
Career paths
El Máster Universitario en Estudios LGBTIQ+ permite saliudas profesionales de muy diversa índole:
(1.) El Máster capacita para optar al doctorado y obtener, de este modo, una salida profesional en investigación, así como docente con las condiciones requeridas.
(2.) Permitirá incrementar la empleabilidad, ya que se trata de un ámbito con atractivas perspectivas en el mercado de trabajo. Lo prueba la experiencia en países con tradición en estos estudios. Así, por ejemplo, en Estados Unidos muchas grandes empresas han incorporado oficinas especializadas en identidad sexual y diversidad de género: Apple, Google, IBM, Intel Corp. y la mayoría de las tecnológicas, pero también Coca Cola, Pepsi, JP Morgan, Boston Scientific Corp., Amazon, American Airlines, American Express, Bank of America, Capital One Financial Corp., General Electric Co., hoteles Hilton, Marriott, Hyatt, Johnson & Johnson, Kellogg Co. y un muy largo etcétera. Y en España hay ya muchas empresas que están siguiendo esa línea, con firmas tan punteras como Adidas, Altadis, Banco Santander, El Corte Inglés, I-Y, Ilunion, Inditex, Renault, Telefónica, Uría y Menéndez, Wizing, Accenture, Amadeus, AXA, Hogan Lovells, Lilly, Nationale Nederlanden, P&G, SAP, Sodexo, Willis Towers Watson, Axel Hotels, S&P Legal, Fundación IE. Es decir, se abre un mundo de posibilidades para profesionales formados en este ámbito.
(3.) Además las leyes existentes tanto a nivel autonómico, como estatal prevén la necesidad de profesionales bien formados en este ámbito para implementar la atención a la diversidad, tanto en programas de Trabajo Social, Educación, Sanidad, etc., tanto en el ámbito de organizaciones públicas como privadas (ONGs, asociaciones, etc.).
Es así puesto que las nuevas leyes que, desde hace años se vienen implantando en las diversas comunidades autónomas sobre igualdad, diversidad e identidad de género (actualmente hay leyes de este ámbito en Andalucía, Madrid, Comunidad Valenciana, País Vasco, Navarra, Cataluña y se está preparando una propuesta de ley estatal), todas ellas, contemplan la absoluta necesidad formativa que deben tener los profesionales de la educación, trabajo social, psicología, medicina y los profesionales de atención ciudadana, no solamente en genérico, sino muy específicamente, en la realidad LGBTIQ+. Todos estos desarrollos normativos, además, establecen la prioridad de estos asuntos tanto para las administraciones públicas (locales y autonómicas, en el caso del proyecto de ley estatal se contempla también a nivel estatal) como para las empresas y organizaciones.
En el caso de la Comunidad de Madrid, como ya se ha indicado, por ejemplo, la LEY 2/2016, de 29 de marzo, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad de Madrid, especialmente los Títulos III, IV y V, inciden en esta dirección. Pero es una constante de toda la ley, así, por ejemplo:
• Título II, art. 17.-“Formación de los profesionales sanitarios” establece (subrayados nuestros) en los puntos:
1. La Consejería competente en materia de salud garantizará que los profesionales sanitarios, cuenten con la formación adecuada3, con respeto a los principios recogidos en esta Ley.
2. La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid establecerá las medidas adecuadas, en estrecha colaboración con las sociedades profesionales correspondientes y con las Universidades madrileñas, para asegurar, en el marco del fomento y participación en las actividades de investigación en el campo de las ciencias de la salud e innovación tecnológica, el derecho de los profesionales a recibir formación específica de calidad en materia de transexualidad, así como el derecho de las personas transexuales a ser atendidas por profesionales con experiencia suficiente y demostrada en la materia.
4. La Consejería competente en materia de salud, promoverá la realización de estudios, investigación y desarrollo de políticas sanitarias específicas en materia de identidad sexual y de género en estrecha colaboración con las sociedades profesionales correspondientes y con las universidades madrileñas.
En cuanto a Educación la Ley, en su Título III establece en su Artículo 25 .- “Acciones de formación y divulgación” que especifica en el punto 1:
Se impartirá al personal docente formación adecuada que incorpore la diversidad sexual y de género en los cursos de formación, y que analice cómo abordarla en el aula para alcanzar la eliminación de actitudes y prácticas con prejuicio o discriminatorias dentro del sistema educativo, basadas en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquier orientación sexual, identidad de género o expresión de género.
Y, en concreto, en el art. 26, refiriéndose explícitamente a las universidades madrileñas, establece que:
1. Las Universidades de la Comunidad de Madrid garantizarán el respeto y la protección del derecho a la igualdad y no discriminación del alumnado, personal docente y cualquier persona que preste servicios en el ámbito universitario por causa de identidad y/o expresión de género.
2. La Comunidad de Madrid, en colaboración con las Universidades de la Comunidad de Madrid, promoverán acciones informativas, divulgativas y formativas entre el personal docente en torno a la diversidad en cuestión de identidad y/o expresión de género, que permitan detectar, prevenir y proteger acciones de discriminación o acoso, así como evitar la impartición de contenidos discriminatorios hacia las personas por estos motivos.
3. Las Universidades de la Comunidad de Madrid y el Gobierno regional, adoptarán medidas de apoyo a la realización de estudios y proyectos de investigación sobre la realidad de las personas transexuales, transgénero e intersexuales, en el ámbito de las acciones de investigación, desarrollo e innovación.
Y en el Título IV, con respecto al empleo, la empleabilidad y la responsabilidad social empresarial, establece que:
• Art. 27, 1. La Consejería competente en materia de Empleo de la Comunidad de Madrid incluirá en los correspondientes Planes de Servicios Integrados para el Empleo así como, en su caso, en el Plan Anual de Formación para el Empleo previsto en el artículo 3 de la Ley 5/2001, de 3 de julio, de creación del Servicio Regional de Empleo, cuyas funciones han sido asumidas por la Dirección General de Servicio Público de Empleo y la Dirección General de Formación, las medidas de formación, orientación, inserción, y prevención de la exclusión, encaminadas a la inserción y la sostenibilidad en el empleo que garanticen el ejercicio del derecho al trabajo para las personas susceptibles de discriminación por motivos de identidad y/o expresión de género.
• Art. 28, 2. En este sentido la Administración Autonómica impulsará la adopción por parte de las empresas, de Códigos éticos y de conducta que contemplen medidas de protección frente a la discriminación por razón de expresión e identidad de género, así como acciones que favorezcan la contratación e inclusión laboral de las personas trans.
Lo que implica, claramente, una necesidad de formación a nivel de las empresas para poder crear e implementar dichos códigos.
Y en el Título Y, art. 30, 7, establece que: La Comunidad de Madrid garantizará en cualquier caso que en todos los ámbitos de aplicación de la presente Ley se aportará a los profesionales las herramientas necesarias para la no discriminación y se contará con el personal especializado necesario en las diferentes materias, según se precise en los distintos protocolos y medidas a tomar.
Como puede apreciarse, se establece por un lado la necesidad y, por otro, el compromiso de la Comunidad de Madrid, en la formación especializada y se urge a sí misma y a sus universidades, a las empresas y organizaciones que desempeñan su labor en este ámbito (o que les pueda afectar) a una formación especializada y, como se ve, por el carácter y necesidades propias de las comunidades LGBTIQ+, de una gran necesidad interdisciplinar.
Incluso, como se ha podido comprobar anteriormente, urge a las universidades madrileñas a implementar la realización de los oportunos estudios e investigaciones en esta línea. Y es justo ahí de donde parte y donde se inscribe este Master que al ser el primero que se vaya a ofertar a nivel madrileño y estatal puede, sin duda, ser un referente formativo de primer orden y no solamente pensando en las necesidades que establece la Ley madrileña, sino que las demás leyes autonómicas establecen medidas paralelas (al igual que el proyecto de ley estatal), puesto que es una necesidad claro una formación especializada para tratar la especificidad de la múltiple realidad LGBTIQ+ tanto en las organizaciones públicas como privadas; es más, las empresas están abriéndose a la realidad LGBTIQ+ y grandes empresas se empiezan a implicar en políticas de igualdad en diversidad sexual e identidad de género.
Es decir, ya es una realidad emergente y no simplemente una hipótesis de trabajo la implementación de este tipo de políticas, necesidades y especialidades profesionales.
Además, el Máster nace con clara vocación de ser nexo con Latinoamérica que, del mismo modo, empieza a tener y manifestar una clara preocupación por las comunidades LGBTIQ+; de facto, muchos países latinoamericanos ya han aprobado leyes de matrimonio igualitario, leyes de igualdad y defensa de la diversidad e identidad de género y existe una gran demanda formativa oficial en dicho ámbito, como hemos podido constatar con las actividades que hemos organizado desde nuestros cinco grupos de investigación. De este modo, la propuesta formativa que constituye este Máster nace con la vocación de posicionarse (y con él, la Complutense) como un referente de primer orden y liderazgo en este ámbito académico internacional hispanohablante.