Vicerrectorado de Investigación y Transferencia

Vicerrectora de Investigación y Transferencia
- Vicerrectorado de Investigación y Transferencia
- Lucía de Juan Ferré
- Facultad de Medicina. Edificio Entrepabellones 7 y 8. Calle del Doctor Severo Ochoa, 7, 3ª planta. Ciudad Universitaria. 28040 Madrid.
- sec.invesytrans@ucm.es; vr.invesytrans@ucm.es
- 91 394 3544
Currículum
Vicerrectora de Investigación y Transferencia
Lucía de Juan es licenciada en Veterinaria y doctora por la Universidad Complutense de Madrid. Es profesora titular del Departamento de Sanidad Animal de la Facultad de Veterinaria. Su área de investigación se ha centrado en la tuberculosis animal siendo directora del Laboratorio de Referencia Europeo de Tuberculosis Bovina. Ha participado activamente en proyectos europeos y nacionales, publicando más de 100 artículos de investigación en revistas indexadas. Actualmente tiene 4 sexenios de investigación, 1 sexenio de transferencia y 3 quinquenios. Además, ha obtenido la evaluación trienal excelente en los cursos académicos 2017-2020. Ha sido jefa del Servicio de Micobacterias y Directora del Centro de Vigilancia Sanitaria Veterinaria (VISAVET).
Competencias
1. El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia será responsable de las materias AÑO XXII 17 de marzo de 2025 BOUC n.º 8 relativas a la investigación y a la incentivación de las relaciones entre la Universidad y la sociedad en aras al mejor cumplimiento de los objetivos fijados en el Título XI de los Estatutos de la UCM.
2. Dentro del ámbito funcional identificado en el apartado anterior, el Vicerrectorado de Investigación y Transferencia elaborará las propuestas de líneas estratégicas y hará el seguimiento de la ejecución de la política de investigación y transferencia.
3. El Vicerrectorado de Investigación y Transferencia desempeñará las siguientes funciones y ejercerá, por delegación, las competencias específicas que se detallan:
a) La presidencia de las Comisiones de Investigación, Transferencia, Biblioteca y Comisión Ejecutiva de los Centros de Asistencia a la Investigación y de los comités de Ética de la Investigación (CEI), Bioseguridad (CB), Experimentación Animal (CEA) y Ética de Experimentación Animal (CEEA) en los términos previstos en los Estatutos de la UCM o la normativa aplicable.
b) La propuesta de planes de investigación propios, anuales o plurianuales, incluyendo las cuestiones relativas a su financiación.
c) El ejercicio de las funciones atribuidas al rector en relación con el régimen jurídico del Personal Investigador, salvo las competencias que sobre este personal correspondan al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado.
d) La gestión de programas propios de becas, bolsas de viaje y otras ayudas personales para la formación de investigadores, estancias y desplazamientos de profesorado y personal becado en otros centros.
e) El seguimiento de las actividades de investigación y transferencia de los institutos y centros de investigación.
f) La propuesta de creación, modificación y supresión de los Centros de Asistencia a la Investigación y la elevación al rector de la propuesta de nombramiento y cese de sus directores o directoras, así como del director o directora ejecutivo/a.
g) El nombramiento y cese de los/las directores/as de las Unidades de Apoyo a la Investigación de los Centros de Asistencia a la Investigación y la elección de los profesores y las profesoras y miembros del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios de la Comisión Técnica de los Centros de Asistencia a la Investigación.
h) El diseño y coordinación de las actividades relacionadas con la innovación y el emprendimiento científico del PDI-UCM mediante la planificación de la actividad formativa, el desarrollo de actividades de valorización y comercialización de tecnologías, con un enfoque dirigido al mercado, y la captación de recursos y visibilización de la innovación y el emprendimiento científico en todos los ámbitos.
i) El ejercicio de las competencias que, en materia de autorización de contratos, se contienen en el artículo 60 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y en los Estatutos de la Universidad. La autorización y solicitud de inscripción y registro de patentes, prototipos y restantes modalidades de la propiedad industrial.
j) La autorización y solicitud de inscripción y registro de obras originales literarias, artísticas o científicas, en el Registro de Propiedad Intelectual o ente de similares funciones.
k) La firma, en nombre de la Universidad Complutense, de las escrituras de constitución de Empresas de Transferencia de Conocimiento Universitario en cuyo capital social participe la Universidad, de conformidad con la normativa vigente, así como de las escrituras de ampliación de capital y del resto de actos societarios que requieran la firma o la presencia del representante de la Universidad; así como la intervención en otros actos relacionados con las Empresas de Transferencia de Conocimiento Universitario, como la asistencia a las juntas generales o a los consejos de administración, entre otros.
l) La adquisición, enajenación, gravamen o defensa de derechos de propiedad intelectual o industrial.
m) La adopción de decisiones sobre infraestructura, dotaciones o investigación en relación con la Oficina de Transferencia de Resultados de Investigación y cualquier otra iniciativa de apoyo a la investigación.
n) La firma de acuerdos de confidencialidad y acuerdos de transferencia de material.
o) La firma de convenios de investigación, así como la presentación de ofertas y la firma de contratos con otras Administraciones Públicas, cualquiera que sea su ámbito, en los que la Universidad resulte adjudicataria, de conformidad con la legislación de contratos del sector público.
p) El desarrollo de la política de relaciones con las empresas y otras instituciones públicas y privadas que favorezcan la visibilidad y la transferencia de la labor investigadora de la Universidad, sin menoscabo de las competencias delegadas a otros Vicerrectorados.
q) La promoción y facilitación de la participación de la Universidad Complutense en programas de financiación a las actividades de investigación e innovación con financiación internacional.
r) La firma de los acuerdos y documentos necesarios para la solicitud, puesta en marcha, seguimiento y correcta finalización de proyectos de investigación e innovación de la Universidad Complutense con financiación internacional.
s) La dirección de la política bibliotecaria y la mejora de los servicios bibliotecarios.
t) Las relaciones con la Fundación Parque Científico de Madrid.
u) La supervisión de la política desarrollada por la Fundación General de la Universidad Complutense de Madrid en materia de gestión de la investigación y transferencia.
u) La resolución de los recursos administrativos en las materias propias de su competencia.
w) La resolución que ponga fin a los procedimientos de responsabilidad patrimonial en las materias propias de su competencia.
y) La resolución que ponga fin a los procedimientos de revisión de oficio en las materias propias de su competencia.
z) Cuantas otras competencias atribuidas al rector sean delegadas en el ámbito funcional de este Vicerrectorado.