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PREGUNTAS FRECUENTES

PREGUNTAS FRECUENTES

 

1.- ¿Cuál es el ámbito de aplicación?

2.- ¿Quién tiene competencia para suscribir convenios?

 3.- ¿Qué contenidos mínimos deben incluir los convenios?

4.- ¿A quién corresponde la iniciativa para proponer la formalización de un convenio?

Pueden solicitar la tramitación y/o renovación de un convenio, el PDI y/o el PTGAS, con vinculación permanente a la UCM, siempre que se justifique su necesidad y oportunidad, basadas en interés académico, científico o institucional. Para ello, será necesario que la propuesta se acompañe de una menoria justificativa, en los términos previstos en el punto 5.

5.- ¿Cuáles son los requisitos de las propuestas?

6.- Convenios con compromisos económicos

     En el caso de convenios que impliquen obligaciones de contenido económico para la Universidad, deberá acreditarse por parte del Centro Gestor que asume en gasto, la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio que corresponda para la cobertura de las obligaciones derivadas del mismo, con designación de la aplicación presupuestaria correspondiente.

     Así mismo, en virtud del artículo 48.a) y 84.2 del Reglamento de Gestión Económica y Financiera de la UCM, deberá solicitarse del Gerente la previa tramitación de la oportuna propuesta de gasto, así como Informe de fiscalización previa a la Intervención.

7.- ¿Cómo tramitar una propuesta de convenio?

7.1. Convenios de Cooperación Educativa (Prácticas académicas externas)

7.2. Otro tipo de Convenios 

La propuesta debe de  remitirse, en formato word, a la Sección de Convenios, por correo electrónico convenios.institucionales@ucm.es, para su valoración  e inicio de su tramitación, si procede, que se realizará como se indica a continuación:

8.- ¿Cuáles son los tipos de convenios?

Los tipos de convenios que se tramitan a través de la Sección de Convenios más habituales son los siguientes:

 Se  tramitan a través del Centro de Formación Permanente de la UCM 

9.- ¿Cómo se extingue un convenio?

Los convenios se extinguen por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución las establecidas en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.