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Solicitudes EB71/22

Durante el periodo de duración del contrato predoctoral FPU, tanto en el periodo predoctoral como en el periodo de orientación postdoctoral (POP), las personas beneficiarias podrán disfrutar de una única ayuda de un máximo de tres meses para realizar una estancia formativa financiada por el Ministerio.

El artículo 40 de la convocatoria describe y regula las características, requisitos y plazos de solicitud de las mismas. Se recomienda la lectura completa del mismo.

 

Notas

Se deberá tener en cuenta que el cómputo total de la suma del periodo de la estancia financiada por el Ministerio y cualquier otro financiado por otros medios no podrá rebasar el periodo máximo de 12 meses de ausencia del centro de adscripción a la largo de toda la ayuda.

La estancia deberá tener una duración mínima de un mes y máxima de tres meses de forma ininterrumpida, contados a partir de la fecha de incorporación al centro receptor.

Las personas beneficiarias que soliciten una estancia deberán haber completado un periodo igual o superior a 9 meses de ayuda FPU, o resultante de la suma de la ayuda FPU y otras becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante, cuyo periodo disfrutado haya sido descontado del cómputo de duración máxima de la ayuda FPU.

El período de la estancia no podrá trascurrir total ni parcialmente durante los últimos seis meses del periodo de la ayuda FPU.

Una misma estancia no podrá desarrollarse en diferentes anualidades. Por lo tanto, las estancias a realizar lo serán durante el año 2025.

En el apartado "Documentación estancias formativas para beneficiarios de la convocatoria FPU y posteriores" de la web del Ministerio se encuentra disponible un documento de información denominado "Guía informativa para la presentación de solicitudes de estancias",

 

Plazo de presentación

Las solicitudes de estancias se presentarán por la Universidad Complutense de Madrid en la Secretaría General de Universidades entre el 1 y el 15 de septiembre de la anualidad previa a la de realización de la estancia. La concesión de las ayudas de estancias por el Ministerio estará sujeta al riguroso orden de registro de las solicitudes de acuerdo con sus disponibilidades presupuestarias.

Para poder preparar y llevar a cabo lo antes posible la entrega en dicho plazo, se fija un plazo de envío de solicitudes para los contratados de esta ayuda desde el 24 hasta el 31 de julio de 2024.

 

Forma de presentación y documentación a aportar

Los beneficiarios que cumplan con los requisitos indicados que deseen solicitar una de estas ayudas deberán enviar su solicitud cumplimentada en forma de instancia genérica de la sede electrónica UCM en la que consignarán como Centro de destino de la misma al Servicio de Administración de Personal Investigador.

A la instancia genérica se adjuntarán los documentos abajo relacionados disponibles en el apartado "Documentación estancias formativas para beneficiarios de la convocatoria FPU 2022 y posteriores" en la web del Ministerio:

- Autorización del centro de adscripción de la ayuda de la persona solicitante. ( Dentro del apartado de Datos de identificación de la ayuda se consignará en el nombre de representante legal, Lucía de Juan Ferré y en centro de adscripción Universidad Complutense de Madrid).

- Memoria del plan de trabajo a realizar durante la estancia formativa firmado por el beneficiario de la ayuda y por su director/a de tesis.

- Admisión del centro receptor en el que se va a realizar la estancia formativa firmado por el investigador responsable del centro receptor y por el representante legal del mismo.

Las solicitudes que no cumplan con los requisitos exigidos en la convocatoria no serán presentadas ante la Secretaría General de Universidades.