Servicios sanitarios
Derechos y descripción de servicios
El Sistema Nacional de Salud, SNS, como prestador de servicios sanitarios se organiza en dos niveles: Atención Primaria y Atención Especializada.
Los dispositivos asistenciales principales en la Atención Primaria son los Centros de Salud, donde trabajan equipos multidisciplinares integrados por médicos de familia, pediatras, personal de enfermería y personal administrativo, pudiendo disponer también de trabajadores sociales, matronas y fisioterapeutas.
La Atención Especializada se presta en Centros de Especialidades y Hospitales y de manera ambulatoria o en régimen de ingreso. En los hospitales se presta durante las veinticuatro horas del día atención urgente a pacientes no ingresados.
El Sistema Nacional de Salud cubre todos los medicamentos dispensados en los internamientos hospitalarios.
Los titulares del derecho a la protección y a la atención sanitaria son:
• Todos los españoles y los extranjeros en el territorio nacional en los términos previstos en el artículo de la Ley Orgánica 4/2000.
• Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea, que tienen los derechos que resulten del derecho comunitario europeo y de los tratados y convenios que se suscriban por el Estado español y les sean de aplicación.
• Los nacionales de Estados no pertenecientes a la Unión Europea, que tienen los derechos que les reconozcan las leyes, los tratados y convenios suscritos.
El acceso a los servicios se realiza a través de la Tarjeta Sanitaria Individual expedida por cada Servicio de Salud, documento que identifica a cada ciudadano como usuario del Sistema Nacional de Salud.
Tarjeta Sanitaria Europea:
Si provienes de algún país de la Unión Europea (incluyendo los 27 miembros de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein y Noruega) y Suiza, sólo necesitas solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea en tu país y con ella podrás favorecerte de la Seguridad Social durante tu estancia en España.
A los poseedores de la Tarjeta Sanitaria Europea se les tratará en las mismas condiciones que a los residentes en España en cuanto a condiciones y costes, aunque si el mismo servicio fuera gratuito en el país de origen, se puede obtener el reembolso de los costes a la vuelta al mismo.
Convenios con otros Países:
La Seguridad Social Española tiene suscritos acuerdos con los sistemas de salud de otros países (Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, República Dominicana, Ecuador, Estados Unidos, Filipinas, Marruecos, México, Paraguay, Perú, Rusia, Túnez, Ucrania, Uruguay y Venezuela). Compruebe si su país es uno de ellos, y solicite el correspondiente documento que lo acredite, antes de venir a España o en su consulado, para poder acceder a la Asistencia Sanitaria de la Seguridad Social Española.
Más información en: www.seg-social.es
(Internacional / Convenios Bilaterales)
Seguros privados de asistencia sanitaria:
Los estudiantes extranjeros que no tengan cobertura sanitaria por ninguna de las vías anteriores, deberán suscribir una póliza de seguro de asistencia sanitaria privada. Este trámite es absolutamente imprescindible para que te puedan dar el visado de estudiante.
Seguro Escolar:
Es el seguro que protege a los estudiantes menores de 28 años desde tercero de la ESO hasta el tercer ciclo universitario contra el accidente escolar, la enfermedad o el infortunio familiar otorgándoles prestaciones médicas, farmacéuticas y económicas, según el caso.
Beneficiarios: Estudiantes matriculados en centros de enseñanza secundaria o universitarios, menores de 28 años, que no coticen a la Seguridad Social como trabajadores,que hayan abonado la cuota del Seguro Escolar y, en el caso de extranjeros, que tengan permiso de residencia (en el caso de estudios no oficiales, como los títulos propios, no tienen cobertura).
Teléfono de información: 91 5907100 Seguridad Social: 900 166 565 (gratuito).