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Resolución Rectoral de fecha 10 de noviembre de 2022 por la que se aprueban los importes de concesión y se publica el listado de adjudicatarios con los importes de concesión.

Con fecha 16 de febrero de 2022 se publican las bases de la convocatoria que han de regir el proceso de adjudicación de la “Ayuda de Transporte para Trabajadores de la UCM con Discapacidad Física, que tengan impedida o dificultada en gran medida la posibilidad de utilizar medios de transporte público para el año 2022”, correspondiente a los meses de octubre a diciembre del año 2021 y a los meses de enero a septiembre del año 2022” de conformidad con lo acordado en Comisión de Acción Social.

 

Finalizada la revisión de las solicitudes por el Servicio de Acción Social, el Vicerrectorado de Política Económica aprueba y publica las relaciones provisionales de adjudicatarios y excluidos, con sus motivos de exclusión, abriendo un plazo de 10 días a efectos de presentación de subsanaciones, siendo comprobadas las reclamaciones presentadas.

 

En ejercicio de las competencias que me atribuye el Decreto rectoral 1/2021 de 11 de enero, de establecimiento de los Vicerrectorados de la UCM, de delegación de competencias y de diversas cuestiones de índole organizativo, publicado en BOCM Núm. 11, de 14 de enero, este Rectorado

 

Resuelve

 

Primero: Aprobar el importe definitivo de concesión de cada uno de los solicitantes con derecho a la ayuda, para el periodo comprendido entre los meses de octubre de 2021 y septiembre del año 2022, según las bases de la convocatoria.

 

Segundo: Aplicar sobre los importes resultantes el criterio socio-económico establecido en la base quinta de la convocatoria con los siguientes umbrales de renta:

 

TRAMOS CRITERIO SOCIO-ECONÓMICO

PORCENTAJE DE LA AYUDA

Nivel de renta per cápita/año

TRAMO BAJO

1

100%

Menor o igual a 15.000 €

TRAMO MEDIO

2

70%

15.001 – 25.000 €

TRAMO ALTO

3

40%

Más de 25.000 €

 

Tercero: Publicar los listados de adjudicatarios de esta ayuda que cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria, con los importes de concesión.

 

Cuarto: Declarar excluidos de la convocatoria, por las causas que en cada caso se determinan, a los solicitantes relacionados en el listado publicado por el Servicio de Acción Social.

 

Quinto: Informar que el resultado de esta convocatoria se publicará en la página web de la UCM del Servicio de Acción Social https://www.ucm.es/accion-social  y cada solicitante recibirá una notificación con el informe de concesión y/o desestimación de la Ayuda.

 

Sexto: De conformidad con lo previsto en los artículos 112, 123 y 124 de la LPAC, contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que los hubiera dictado, en el plazo de un mes, o ser impugnados directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo, si se tratase de personal funcionario.

 

Contra la presente Resolución podrá interponerse demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a), de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, en relación con el artículo 69.2 de dicha norma, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si se tratase de personal laboral.

 

Madrid, 10 de noviembre de 2022

EL RECTOR,

P.D. EL VICERRECTOR DE POLÍTICA ECONÓMICA

(Decreto Rectoral 1/2021 de enero, B.O.C.M. de 14 de enero de 2021)

 

 

José Ignacio López Sánchez

 

Fecha de publicación: 10 de noviembre de 2022