Reglamento sobre investigadores visitantes y procedimiento de certificación
Regulación.
Tramitación de certificados a los que se refiere el artículo 7 del Acuerdo.
El Reglamento sobre Investigadores Visitantes establece en este artículo:
"A la finalización de la estancia investigadora, los Investigadores Visitantantes podrán solicitar del Vicerrectorado que tenga atribuída la competencia en materia de investigación una certificación oficial sobre la estancia realizada en la UCM".
A tal efecto, los interesados presentarán en el Servicio de Investigación uno de los dos impresos-modelos que se incluyen a continuación, según proceda:
- Modelo de Certificado a firmar por el Secretario/a Académico/a de la Facultad.
- Modelo de Hace constar a firmar por el Director/a del Instituto / Departamento / Unidad competente.
La gestión de la VºBº de la Vicerrectora de Investigación en el documento será responsabilidad de la Sección de Movilidad del Servicio de Investigación.