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¿Quién hace las funciones de persona mediadora?

La Oficina del Defensor Universitario cuenta con un/a Adjunto/a para la Mediación que atiende las peticiones de sesiones informativas, así como valora las posibilidades de una mediación.

En el caso de que la mediación sea aceptada por las partes y considerada procedente por la Oficina de la Defensoría Universitaria, se nombrará una persona para instruir la mediación. Dicha persona deberá ser un miembro de la comunidad universitaria con la formación adecuada para realizar la mediación o bien una persona de la comunidad universitaria que sea acordada por ambas partes.

El nombramiento de la persona mediadora corresponderá, en todo caso, al/la Defensor/a Universitario/a, a propuesta del/la Adjunto/a para Mediación.

Antes del nombramiento, el/la Defensor/a Universitario/a comunicará a las partes la persona mediadora, para que indiquen si la aceptan o, por causa justificada, la rechazan.