Protocolo PR28/22
Líneas de investigación
Los proyectos a financiar se articularán en una de las siguientes líneas de investigación:
a) Detección temprana de participantes con un comportamiento de juego de riesgo o de mayor gravedad.
b) Daño individual, familiar o social asociado a las actividades de juego en alguno de los siguientes entornos: salud personal; impacto emocional o psicológico, dificultades financieras, afectación laboral o de formación académica; dificultades en las relaciones sociales; problemas legales.
c) Mecanismos, instrumentos o procesos de minimización de las consecuencias negativas asociadas a las actividades del juego.
d) Relaciones entre el sector de los videojuegos y el de las actividades de juego (loterías, juegos de azar, póquer, y/o las apuestas).
e) Características estructurales de las loterías, los juegos de azar, el póquer y/o las apuestas.
f) Impacto de género en los comportamientos de juego de riesgo o de mayor gravedad.
Composición del equipo investigador
La indicada en el artículo 4.3 de la convocatoria.
Forma de presentación de solicitudes por los investigadores
Las solicitudes tienen que ser cumplimentadas y presentadas exclusivamente por los representantes legales de las entidades solicitantes a través de la aplicación al efecto.
Por ello, los investigadores interesados en presentar una solicitud a esta convocatoria no deberán hacerlo a través de la aplicación telemática sino que deberán enviar los siguientes documentos exclusivamente por correo electrónico a la dirección electrónica proy.solic@ucm.es de la Sección de Proyectos del Servicio de Investigación:
Documento interno UCM de datos generales del Proyecto solicitado, firmado electrónicamente por el investigador principal y los miembros del equipo investigador.
Los siguientes documentos de entre los mencionados en el artículo 11 de la convocatoria:
a) Memoria del proyecto de investigación.
b) Presupuesto de gastos del proyecto.
En el presupuesto deberá incluirse una partida única total de 1.200 euros destinada a financiar un único informe de Auditor al final de la ejecución del proyecto, (artículo 7, letra m) de la convocatoria).
Esta convocatoria no financia la adquisición de material inventariable sino únicamente amortización por lo que, dada la duración del proyecto, no se podrá incluir este tipo de gasto en el presupuesto.
c) Currículum vitae del investigador principal del proyecto y de los restantes miembros del equipo.
En su caso, dictamen favorable del Comité Ético de Investigación con Medicamentos en los términos previstos en el Real Decreto 1090/2015, de 4 de diciembre, por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos, los Comités de Ética de la Investigación con medicamentos y el Registro Español de Estudios Clínicos, o justificante de haberlo solicitado y estar dicho informe en trámite de obtención.
Además, en todos los casos, deberá enviarse también:
Documento/s que acredite/n la vinculación con la UCM durante el periodo comprendido entre la solicitud y la fecha de finalización del proyecto del IP y del resto del equipo investigador. De acuerdo con lo establecido en el artículo 4, punto 3, segundo párrafo. La fecha de inicio de los proyectos subvencionados en ningún caso podrá ser anterior al 1 de enero de 2022, y sólo podrán extenderse, como máximo, hasta el 30 de junio de 2023 (artículo 1 de la convocatoria).
Final del plazo de presentación interno de la UCM fijado por el Vicerrectorado
- 13 de julio de 2022.
Presentación de solicitudes por el Vicerrectorado en el Ministerio
Una vez entregadas las solicitudes por los investigadores, se llevará a cabo la revisión de las mismas para comprobar que reunen todos los requisitos.
Por último, las solicitudes serán presentadas mediante firma electrónica de Vicerrectora de Investigación y Transferencia Margarita San Andrés Moya, como representante legal de la Universidad Complutense de Madrid antes de la finalización del plazo establecido en la convocatoria: 18 de julio de 2022,