Protocolo PR20/15
Según lo dispuesto en el artículo 12.7. de la convocatoria, el Vicerrector de Investigación de la Universidad Complutense de Madrid, en calidad de representante legal de la Universidad Complutense de Madrid como entidad solicitante, después de supervisar cada solicitud telemática y de hacerse cargo de los documentos que le haya entregado el investigador principal con las firmas originales de los miembros del equipo de investigación, completará la presentación de la solicitud mediante su firma electrónica.
Los pasos a seguir por los investigadores interesados en participar en la convocatoria serán los siguientes:
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Cumplimentación telemática del formulario electrónico de la solicitud disponible en la sede electrónica del Ministerio de Economía y Competitividad (MINECO), adjuntando los documentos en formato electrónico que se le requieren.
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Impresión de los documentos que genera automáticamente la aplicación telemática y firma de los mismos por el investigador/es principal/es y por el resto de miembros del equipo de investigación.
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Entrega del impreso de solicitud que genere automáticamente la aplicación en el Servicio de Investigación, Rectorado, Avda. de Séneca, 2, cuarta planta, 28040 Madrid, en el siguiente plazo:
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El plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria (15 horas del 14-5-2015): hasta el 7-5-2015.
Además del impreso de solicitud firmado por el investigador/es principal/es y por todos los miembros del equipo se entregará "en papel" la siguiente documentación:
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En todos los casos, obligatoriamente, "modelo de declaración de subvenciones concurrentes recibidas".
Por último, el Servicio de Investigación gestionará la validación de las solicitudes recibidas mediante firma electrónica del Vicerrector y adjuntará telemáticamente la documentación “institucional” exigida en el artículo 13 de la convocatoria.
AVISO MUY IMPORTANTE: Se recuerda que el plazo de presentación establecido por el Vicerrectorado para la entrega de documentación en soporte papel por parte de los investigadores en el Servicio de Investigación es improrrogable por lo que
NO SE FIRMARÁN SOLICITUDES PRESENTADAS CON POSTERIORIDAD.
Asimismo se recuerda que los documentos exigidos se DEBERÁN entregar en el Servicio de Investigación, no siendo válida la presentación en el Registro General de la UCM o sus Registros Auxiliares, ya que el uso de los registros supone demoras en la llegada de la documentación al Servicio responsable de la tramitación que pueden imposibilitar la validación de solicitudes en plazo.