Protocolo MV50/23
Resumen de los requisitos exigidos a los solicitantes de esta Modalidad
Artículo 8 de la convocatoria
- Título de doctor obtenido a partir del 1 de enero de 2012, salvo que sean funcionarios de carrera de los cuerpos docentes, en cuyo caso, con independencia de la fecha de obtención de grado de doctor, deberán concurrir siempre a la Modalidad A.
- Tener vinculación de funcionario interino o vinculación contractual como personal docente o investigador, siendo la fecha de finalización del contrato posterior a la fecha de terminación de la estancia de movilidad solicitada. Cuando la fecha de finalización del contrato sea anterior, pero sea un contrato renovable, se podrá concurrir al programa siempre y cuando se acompañe un certificado de los servicios de personal haciendo constar que el contrato va a ser renovado y hasta qué fecha.
- No haber realizado estancias en el extranjero, por un periodo acumulado superior a 6 meses, durante los últimos cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- En ningún caso el país de destino podrá coincidir con el de la nacionalidad del beneficiario, salvo excepción contemplada en la convocatoria.
- Los solicitantes de estancias para Estados Unidos podrán presentar la solicitud dentro del programa general o del programa Fulbright según artículo 3 de la convocatoria.
Duración y fechas de las estancias
Según los artículos 5 y 16 de la convocatoria, las estancias tendrán una duración mínima de tres meses y máxima de seis meses; y se podrán realizar desde el 1 de enero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025. No obstante, aquellos profesores y/o investigadores que deseen realizar la estancia antes, salvo los solicitantes del Programa Fulbright, podrán solicitar que la fecha de inicio sea a partir del 1 de septiembre de 2024.
Seguros de accidente y de asistencia sanitaria
Artículo 6.3 de la convocatoria
Todos los beneficiarios de las subvenciones podrán contratar un seguro de accidentes, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda de gastos de instalación.
Respecto a la asistencia sanitaria, los beneficiarios que pertenezcan al Régimen General de la Seguridad Social y tengan el centro receptor en países en los que no tenga validez la Tarjeta Sanitaria Europea (este enlace de la Web de la Seguridad Social puede consultar la lista de países) deberán suscribir una póliza de asistencia, cuyo coste podrá ser imputado a la ayuda en concepto de gastos de instalación.
Los beneficiarios que pertenezcan a MUFACE disfrutarán de la asistencia sanitaria en el extranjero en los términos establecidos y cubiertos por su mutualidad y sólo podrán imputar la contratación de un seguro de asistencia en aquellos casos en los que el centro receptor exija la contratación obligatoria de una póliza concreta o con unas condiciones que no cubra MUFACE.
Puede obtener información de la tramitación de seguros a través de la Universidad Computense en la página web del Servicio de Acción Social de la UCM.
Formalización de solicitudes
Según lo dispuesto en el artículo 11 de la convocatoria, las solicitudes se formalizarán a través de la aplicación informática accesible en la Web del Ministerio de Universidades.
Los solicitantes deberán cumplimentar todos los datos de los formularios que figuren en la aplicación informática y adjuntar, en su caso, los documentos requeridos en formato electrónico. Una vez cumplimentada la solicitud y aportados todos los documentos requeridos, el solicitante debe confirmarla. La confirmación de la solicitud comporta su presentación y registro a todos los efectos.
Documentación a incorporar en la aplicación en formato electrónico
a) Carta emitida por el centro receptor.
b) Fotocopia del título de doctor o, en su defecto, certificado donde conste fecha de obtención del grado de doctor y fecha en la que ha solicitado el título.
c) Memoria del proyecto a realizar, según impreso normalizado.
d) Copia del contrato con el organismo de adscripción, en todos los casos en que los solicitantes mantengan vinculación contractual, no funcionarial.
Cuando la vinculación contractual sea temporal y finalice antes de la fecha final de la estancia solicitada, debe adjuntarse un certificado de los servicios de personal haciendo constar que el contrato va a ser renovado y hasta qué fecha.
En caso de vinculación contractual de interinidad ha de ir acompañada de un certificado de los servicios de personal en el que conste que la vinculación se mantendrá hasta la fecha de finalización de la estancia y si antes de dicha fecha hubiera algún cambio en la vinculación del interesado se comunicará a efectos de acreditar el mantenimiento del cumplimiento del requisito requerido
Los solicitantes de la Universidad Complutense que precisen de alguno de los mencionados certificados lo solicitarán de la siguiente forma:
El Personal Docente Investigador contratado solicitará los certificados al Servicio de Gestión de Personal Docente Investigador, enviando un correo electrónico a la a la dirección pdicontratado@ucm.es de la Sección de Gestión de Personal Docente Investigador, En el mensaje indicarán:
- Que solicitan un certificado para incluir en la solicitud a la ayuda de movilidad "José Castillejo", de acuerdo con lo indicado en el artículo 14, 4, letra d) de la Orden Ministerial de 29 de diciembre de 2023 del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (BOE 3-1-2024).
- Las fechas de inicio y fin de la estancia a realizar.
Los contratados postdoctorales de los Programas de Investigación (Formación en Docencia e Investigación UCM, Ramón y Cajal, Juan de la Cierva, Beatriz Galindo y de Atracción de Talento) solicitarán los certificados al Servicio de Administración de Personal Investigador, enviando un correo electrónico a la dirección pinves.admi@ucm.es de la Sección de Administración de Personal Investigador. En el mensaje indicarán igualmente:
- Que solicitan un certificado para incluir en la solicitud a la ayuda de movilidad "José Castillejo", de acuerdo con lo indicado en el artículo 14, 4, letra d) de la Orden Ministerial de 29 de diciembre de 2023 del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades (BOE 3-1-2024).
- Las fechas de inicio y fin de la estancia a realizar.
e) Certificado de validación del organismo de adscripción, según modelo disponible en la web del Ministerio.
El certificado de validación requerirá la firma de la Vicerrectora de Investigación y Transferencia en calidad de representante legal de la Universidad Complutense. Para su obtención el interesado deberá remitir a la Sección de Movilidad del Servicio de Investigación, a través del correo inves.movilidad@ucm.es, el impreso normalizado cumplimentado, junto con la siguiente documentación.
1. Escrito firmado por el director del departamento dando su conformidad a la ausencia del solicitante durante las fechas solicitadas en caso de concesión, o en su caso, la autorización de ausencia.
2. En su caso, certificado de vinculación emitido por el servicio de personal competente según lo indicado en el punto d).
3. Además deberá remitir también el Formulario de declaración de estancias.
El envío del certificado de validación y la documentación correspondiente podrá realizarse en cualquier momento, siendo la fecha límite el 25 de enero de 2024.
Los certificados se irán validando por estricto orden de llegada y se devolverán al interesado por correo electrónico.
Plazo de presentación
El plazo para cumplimentar y firmar la solicitud electrónicamente finaliza a las 14 h. del 7 de febrero de 2024.