Preguntas Frecuentes
- ¿Puedo usar la Sede electrónica de la Universidad Complutense de Madrid para presentar documentos dirigidos a otros organismos?
NO, solamente se podrán presentar las solicitudes, escritos y comunicaciones relacionados con aquellos trámites y procedimientos de la Universidad Complutense de Madrid y organismos públicos adscritos a ella que aparezcan publicados en el Catálogo de Procedimientos, salvo que así esté regulado mediante el correspondiente acuerdo de colaboración específico establecido con la Administración receptora.
- ¿Cómo sé si la Universidad Complutense de Madrid ha recibido una documentación que he presentado por Sede electrónica?
La sede electrónica emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de la presentación del escrito, solicitud o comunicación de que se trate, en el que constarán los datos proporcionados por el interesado, con indicación de la fecha y hora en que tal presentación se produjo en el servidor y una clave de identificación de la transmisión. Dicho resguardo consiste en un fichero electrónico firmado con el certificado del servidor web de la Universidad Complutense de Madrid que garantiza el no repudio por parte de la Universidad de los datos aportados por el solicitante.
- ¿Qué fecha y hora se tiene en cuenta para el cómputo de plazos?
Para el cómputo de plazos en cualquier trámite, será la fecha y hora oficial de la Sede la que tendrá validez legal y no la del equipo desde el que se realice.
A estos efectos, se tendrá en cuenta la de finalización del trámite, cuando el ciudadano firme la solicitud y/o documentos y recibe el recibo correspondiente del Registro. Por ejemplo, supongamos un trámite administrativo cuyo plazo termina el 20 de septiembre. Si usted comienza a rellenar su solicitud a las 23:50 horas del 20 de septiembre, pero termina la presentación a las 00:10 horas del día siguiente, estará fuera de plazo.
Además, tenga en cuenta que los realizados en días inhábiles se entenderán efectuados el primer día hábil siguiente.