Preguntas frecuentes
SOBRE LOS TÍTULOS OFICIALES
- ¿Qué es un título oficial? Son títulos universitarios oficiales aquellos con validez en todo el territorio nacional que, con efectos académicos plenos, facultan a sus poseedores para disfrutar de los derechos que en cada caso otorguen las disposiciones vigentes.
- ¿A partir de qué fecha emite la UCM títulos oficiales?
- Para los estudios de Diplomado, Ingeniero Técnico, Licenciado e Ingeniero finalizados a partir de la convocatoria de febrero de 1988.
- Para los títulos de Doctor con lectura de la tesis posterior al 7 de agosto de 1989.
- Los estudios finalizados con anterioridad a estas fechas son emitidos por el Ministerio de Universidades. Se solicitan a través de las Secretaría de Alumnos. Más información aquí.
- ¿Cuánto vale un título oficial? El importe será el que en cada momento venga establecido por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se establecen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid. Puedes consultar las tasas y reducción o exenciones aquí.
- ¿Cómo se solicita el título oficial? La solicitud se hace a través de la Secretaría de Alumnos de tu Facultad.
- ¿Qué documentación tengo que aportar?
- Documento de identidad (DNI/NIE/Pasaporte). ** Por indicación del Ministerio de Universidades, es recomendable que hagas la solicitud con DNI o con NIE, de cara a poder consultar y verificar posteriormente tu título en el Registro Nacional de Títulos Universitarios Oficiales. La consulta de títulos universitarios oficiales es un servicio de dicho Ministerio a través del cual puedes consultar tus títulos oficiales españoles, así como generar autorizaciones para que terceros también puedan hacerlo. Es un servicio actualemente muy demandado por organismos, empresas y universidades nacionales o extranjeras, de cara a la verificación de los estudios.
- En caso de ser beneficiario de exención parcial o total de tasas, el documento acreditativo de la misma.
- ¿Es necesario hacer constar en la solicitud los datos personales tal y como figuran en el documento oficial identificativo? Sí, el título oficial es un documento público con efectos jurídicos en el que deben aparecer los datos personales exactos, incluidos acentos si proceden. El interesado deberá indicar en la solicitud las tildes correspondientes. En caso contrario se seguirán las reglas ortográficas de la RAE.
- ¿Es necesario hacer constar la localidad de nacimiento? Sí, según la legislación vigente, en el título debe constar la localidad de nacimiento del titular. En el caso de los alumnos nacidos en el extranjero, en ocasiones esta información no consta en el Pasaporte/NIE adjuntados a la solicitud, por lo que será necesario la aportación de un documento oficial donde conste esta información. El documento deberá estar traducido al español, inglés o francés.
- ¿Cómo pago las tasas de expedición del título? Tras solicitar el título en la Secretaría de Alumnos, se pondrán en contacto contigo para indicar el pago. El título oficial se puede abonar mediante tarjeta, ingreso bancario o Flywire.
- ¿Qué efectos surte ante organismos españoles o extranjeros la hoja/resguardo de abono de las tasas de expedición del Título? Este documento no surte efectos en el extranjero ni ante determinados organismos nacionales.
- Mientras se expide el título oficial, ¿cómo puedo acreditar que soy titulado? Mediante una certificación sustitutoria al título. Más información aquí.
- No dispongo todavía de mi título oficial, pero tengo que legalizarlo para que surta efectos en el extranjero ¿qué puedo hacer? Puedes legalizar la certificación sustitutoria al título. Lo descrito a continuación, en el punto 12, es válido para la legalización o apostillado de ambos documentos.
- ¿Qué trámites debo seguir si necesito que mi título oficial (o certificación sustitutoria al título oficial) surta efecto en el extranjero? Se aconseja la consulta previa en el país de destino sobre la necesidad de legalización.
- El primer paso es proceder al reconocimiento de firmas por parte del Ministerio de Universidades (Servicio de Títulos/Unidad de Legalizaciones, Paseo de la Castellana, 162. 28046 - Madrid).
- A continuación, dependiendo de si el país de destino es o no firmante del Convenio de la Haya, se deberá proceder a
- Legalización en el Ministerio de Asuntos Exteriores, para los no firmantes.
- Apostillado en el Ministerio de Justicia, para los firmantes
- ¿Dónde y cómo recojo mi título oficial? En la Secretaría de Alumnos de la Facultad donde presentaste la solicitud. Existen las siguientes posibilidades de entrega del título oficial:
- Directamente al interesado, previa presentación del DNI/NIE/Pasaporte.
- A persona autorizada, mediante poder notarial*.
- Podrás solicitar su envío a las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno u Oficinas Consulares más cercanas a tu lugar de residencia. En este caso deberás dirigirte a la Secretaría de Alumnos de tu centro para solicitar dicho envío.
* Observaciones al poder notarial expedido en el extranjero:- ⇒Puedes acudir al Cónsul de España más cercano, el cual ejerce funciones notariales cuando se trate de autorización de actos y contratos entre españoles o el acto produzca efectos en España. Este poder notarial no requerirá de ningún trámite adicional.
- ⇒Puedes obtener un poder poder notarial realizado por un notario extranjero, pero para que tenga efectos en España deberá cumplir las siguientes condiciones:
- ⇒El documento deberá ser legalizarse/apostillarse mediante dos posibles procedimientos:
- Países miembros del Convenio de la Haya: el poder debe ir con la apostilla de la Haya.
- Resto de países: el poder debe legalizarse vía representación consular española
- Más información sobre estos dos procedimientos aquí.
- ⇒El documento debe estar en español o traducido mediante traducción jurada:
- Mediante traductor jurado reconocido en España por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
- Mediante traductor jurado del país de origen y con la posterior legalización: Convenio de la Haya o legalización consular (igual que el poder notarial original).
- ⇒El documento deberá ser legalizarse/apostillarse mediante dos posibles procedimientos:
- En el caso de haber realizado una doble titulación, ¿cómo solicito mis títulos oficiales? En este caso se tiene que realizar una solicitud por cada titulación y abonar precios públicos por cada una de ellas.
- ¿Se puede emitir el título oficial en inglés? La legislación vigente no contempla la expedición en inglés para los títulos oficiales. En caso de necesitar una traducción jurada el título oficial a algún otro idioma, el Ministerio de Asuntos Exteriores tiene publicado en esta web un buscador de traductores jurados. La UCM a través del CSIM (Idiomas Complutense) dispone de un servicio de traductores jurados.
- ¿Cómo puedo consultar mi título universitario oficial inscrito en el Registro Nacional de Títulos Universitarios Oficiales (RNTUO) o autorizar a un tercero? La consulta de títulos universitarios oficiales es un servicio del Ministerio de Universidades a través del cual se pueden consultar los títulos españoles de los que se es titular. También, si se desea, se pueden generar códigos de autorización para que terceros puedan consultarlos. Así mismo, las personas interesadas pueden consultar y descargar un certificado de verificación de estudios de los títulos oficiales que se posean desde Mi Carpeta Ciudadana.
- ¿Cómo puedo conocer el estado de tramitación de mi título? Contacta con la Secretaría de Alumnos en la que presentaste la solicitud.
- ¿Cómo solicito la copia electrónica auténtica de mi título? Una vez recogido el título oficial original en papel en la Secretaría de Alumnos, se puede iniciar el procedimiento en la sede electrónica de la UCM. Accede a través de sede.ucm.es ,y después en "Catalogo de Procedimiento" selecciona "Estudiantes", y buscar la opción de "Copia electrónica del título oficial".
- ¿Cómo puedo obtener un certificado de correspondencia entre Títulos Universitarios Oficiales ("pre-Bolonia) y nivel MECES? El certificado se solicita y expide electrónicamente a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Universidades. A través de este servicio, puede obtenerse un certificado de correspondencia de un título de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o Diplomado a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (MECES).
SOBRE LOS DUPLICADOS DE TÍTULOS OFICIALES
- ¿En qué casos se puede solicitar un duplicado de un título oficial? Se podrán solicitar duplicados, a instancia del interesado, en los casos de:
- Extravío, robo o deterioro
- Cambio de nombre y/o apellidos
- Cambio de nacionalidad
- Inclusión de premio extraordinario (sólo para títulos Pre-Bolonia) obtenido con posterioridad a la expedición del original.
- Inclusión de Mención/Especialidad obtenidas con posterioridad a la expedición del original.
- ¿Cómo se solicita un duplicado? Dirigiéndote a la Secretaría de Alumnos de tu Facultad. Se seguirán los mismos pasos que para los indicados aquí para el título oficial.
- ¿Qué trámites son necesarios en caso de extravío? Es necesario publicar en el Boletín Oficial del Estado un anuncio de extravío del título oficial. Para ello, contacta con la Secretaría de Alumnos de tu Facultad. Transcurrido el plazo reglamentario de 30 días hábiles desde la publicación del anuncio sin que se hayan producido reclamaciones, se podrá solicitar a la Secretaría la expedición de duplicado del título.
- ¿Cuánto vale un duplicado? El importe será el que en cada momento venga establecido por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se establecen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid. Puedes consultar las tasas y reducción o exenciones aquí.
- ¿Y si la causa del duplicado es imputable a la UCM? Cuando el extravío, destrucción, deterioro o error material de un título sea imputable a la Universidad, ésta iniciará de oficio el procedimiento de expedición de un duplicado, sin que la persona interesada tenga que abonar derecho alguno. Si el error se derivara de los datos aportados por la persona interesada, correrá de su cargo el pago de los derechos de expedición del duplicado.
- Si estoy en espera de la emisión del duplicado, ¿cómo acredito estar en posesión del título oficial? Mediante una certificación sustitutoria al título. Más información aquí.
- ¿El duplicado será idéntico a mi título original? No, en los duplicados que se expidan consta la causa que motivó su expedición.
- ¿Dónde y cómo recojo mi duplicado? Para la recogida de duplicados, se estará a lo indicado aquí para la recogida del título original.
SOBRE LA CERTIFICACIÓN SUSTITUTORIA AL TÍTULO (CST)
- ¿Qué es la CST? Es un documento expedido por la Universidad y firmado por el Rector que acredita provisionalmente la superación de unos determinados estudios oficiales y que tiene la misma validez que el título oficial, hasta la expedición de éste durante el plazo de un año.
- ¿Cómo solicito mi CST? Para solicitarla siempre debes haber solicitado y abonado previamente el título oficial.
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En función del título que se trate y de las posibles exenciones de tasas públicas, existen varias vías de solicitud.
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Para títulos oficiales de Grados y Máster: se solicita telemáticamente en sede electrónica.
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No podrás hacerlo en la sede electrónica si tienes algúna exención de precio público, por ejemplo, por Familia Numerosa.
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Si acabas de pagar tu título oficial, deberás esperar a recibir un email de confirmación para solicitar tu CST, ya que es necesario que la solicitud de título haya sido tramitada previamente por esta Sección.
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El correo se envía automáticamente a la cuenta de usuario UCM.
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Tras realizar el trámite en la sede electrónica, obtendrás tu CST en el momento.
- Para obtenerla: accede a través de: sede.ucm.es ,y después en "Catalogo de Procedimiento" selecciona "Estudiantes", y buscar la opción de "Certificación Sustitutoria al Título".
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Para Títulos oficiales de Doctor/a, Títulos Pre-Bolonia y para beneficiarios de exenciones: se solicita a través de la Secretaría de Alumnos de la Facultad correspondiente.
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Busca el email (u otras formas de contacto electrónico) de la Secretaría de Alumnos aquí.
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Puedes descargar la solicitud aquí.
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La Secretaría te enviará por email su certificación en unos días.
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- ¿Dónde y cómo obtengo mi la CST? Dependerá del modo en que se haya solicitado:
- Si la has tramitado de manera telemática en la sede electrónica: (títulos oficiales de Grado o Máster), se descargará en tu ordenador.
- Si la has solicitado a través de la Secretaría de Alumnos de tu Facultad:dependerá de si la certificación lleva:
- Firma electrónica: la recibirás por email.
- Firma manuscrita: deberás recogerla en la Secretaría de Alumnos de tu Facultad. Podrá recogerla el interesado, previa presentación del DNI/Pasaporte o NIE, o bien persona autorizada.
- ¿Cuánto tarda la CST? El plazo aproximado de emisión de la CST solicitada a través de la Secretaría de Alumnos será:
- Aproximadamente dos semanas para Licenciados, Diplomados y Doctores (RD 185/1985 / RD 778/1998)
- Aproximadamente un mes para Grados, Máster y Doctores (RD 56/2005 / RD 1393/2007)
- ¿Se puede emitir la CST en inglés? No, actualmente la UCM no emite las CST en inglés. En caso de necesitar traducir la CST a algún otro idioma,
- En caso de necesitar una traducción jurada el título oficial a algún otro idioma, el Ministerio de Asuntos Exteriores tiene publicado en esta web un buscador de traductores jurados. La UCM a través del CSIM (Idiomas Complutense) dispone de un servicio de traductores jurados.
- ¿Cuánto vale la CST? Puedes consultar las tasas aquí.
- ¿Cuándo puedo solicitar la CST? Los alumnos de Grado o Máster Universitario con correo electrónico de la UCM, recibirán una notificación en la que se les indicará que su título oficial ya ha sido tramitado y que pueden iniciar la solicitud de su CST en la sede electrónica de la UCM. Para el resto de los títulos, así como para aquellas solicitudes que tengan exenciones de precio público, la tramitación de la CST se llevará a cabo por la Sección de Título Oficiales. Consulta la web de la Secretaría de Alumnos para informarte sobre los medios electrónicos de contacto para realizar la solicitud.
SOBRE EL SUPLMENTO EUROPEO AL TÍTULO (SET)
- ¿Qué es el SET? El Suplemento Europeo al Título es el documento que acompaña a cada uno de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior (art. 3, RD 1044/2003, de 1 de agosto).
- ¿En qué lengua se emite el SET? En español e inglés
- ¿Desde qué fecha se puede solicitar el SET? El SET se puede solicitar para todos los estudios finalizados a partir del curso académico 2003-04, cuyo plan de estudios estuviera en vigor a fecha 12/09/2003 y siempre para planes de estudios estructurados en créditos. Actualmente expedimos el SET para los estudios de 1º y 2º ciclo (Diplomado, Ingeniero Técnico, Licenciado e Ingeniero), Grado y Máster.
- ¿Cómo y dónde lo puedo solicitar?
- Descarga la solicitud en el siguiente enlace.
- Busca el email (u otras formas de contacto electrónico) de la Secretaría de Alumnos aquí
- Envía la solicitud por email junto con una copia del DNI/Pasaporte/NIE.
- La Secretaría te facilitará un borrador de tu SET que deberás comprobar y confirmar antes de la emisión definitiva del mismo.
- ¿Cuánto vale el SET?
- La emisión del SET es gratuita en su primera impresión.
- Para la emisión de Duplicados de SET por extravío, por cambio de datos personales o por corrección de datos académicos tras haber dado visto bueno al borrador, el importe de su expedición será el que en cada momento venga establecido por Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid por el que se establecen los precios públicos por estudios universitarios conducentes a títulos oficiales y servicios de naturaleza académica en las universidades públicas de la Comunidad de Madrid. Puedes consultar las tasas y reducción o exenciones aquí.
- ¿Dónde y cómo lo recojo? En la misma Secretaría de Alumnos donde presentaste la solicitud. Podrá retirar el SET el titular del mismo o persona autorizada.
- ¿Se puede emitir el SET para los títulos y diplomas propios que expide la Universidad? No, en ningún caso.
Sección de Títulos Oficiales
Rectorado - Avda. de Séneca, 2, planta 4 - 28040 - MADRID
91 394 1434 / 91 394 3282 / 91 394 1421
Metro Moncloa
G,U,46, 82, 83, 132, 133
Atención telefónica de 9 a 14 horas de lunes a viernes.
Esta Sección permanecerá cerrada desde el 21 de diciembre hasta el 7 de enero, ambos incluidos.
CÓMO SOLICITAR EL TÍTULO OFICIAL:
Las solicitudes de Título Oficial se hacen a través de las Secretarías de Alumnos.
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