Contratos de Personal Investigador en Formación. Universidad Complutense de Madrid.
Ultima convocatoria.
- Publicada en el Boletín Oficial de la Universidad Complutense de 29-4-2024.
- Información completa en la Web del Servicio de Administración de Personal Investigador.
Plazo de solicitud.
Solicitudes hasta el 23-5-2024.
Número de ayudas.
77 contratos, de ellos, 5 reservados para personas con una discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento y 4 para candidatos cuya tesis doctoral esté dirigida por un director de la UCM y un codirector de la Universidad de Harvard.
Objeto.
El objetivo principal de esta convocatoria, que se realiza en régimen competitivo, es la formación de titulados universitarios en investigación científica y técnica, encaminada a la obtención del grado de doctor dentro de la actividad investigadora de un grupo de investigación, en cualquier área del conocimiento científico, y que puedan realizar una tesis doctoral dentro de un Programa de Doctorado de esta Universidad, y la orientación postdoctoral por un periodo máximo de doce meses.
Requisitos.
Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o extranjero no comunitario en situación de residencia en España. También podrán participar extranjeros no comunitarios no residentes en España. La firma del contrato, en el caso de resultar adjudicatario (tanto para los extracomunitarios residentes como para no residentes) estrá condicionada a la obtención de la preceptiva autorización para trabajar conforme a la legislación vigente.
Estar matriculado en un programa de doctorado de la UCM en el curso 2023-2024. También podrán participar candidatos que, aunque en el momento de presentación de la solicitud no esten matriculados en un programa de doctorado, estén en disposición de estarlo en la fecha en que se formalice el contrato.
La fecha de finalización de estudios de las titulaciones que se indican a continuación, deberá ser:
En el caso de licenciados, ingenieros, arquitectos y graduados (en el caso de grados de al menos 240 créditos) o equivalente en sistemas universitarios extranjeros, posterior al 1 de enero de 2019.
En el caso de diplomados, ingenieros técnicos y arquitectos técnicos, graduados (en el caso de grados de 180 créditos) o equivalente en sistemas universitarios extranjeros, posterior al 1 de enero de 2018.
La fecha de terminación de estudios podrá ser anterior a las señaladas en los puntos 1 y 2, con el límite de hasta 1 de enero de 2015 en los siguientes casos:
- Los licenciados en Medicina, Farmacia, Biología, Química o Psicología que en el momento de solicitar la ayuda estén en posesión del título Oficial de Especialidad Médica (MIR) o Farmacéutica (FIR) o cuenten con el Certificado Oficial de Especialidad en Biología (BIR), Química (QUIR) o Psicología (PIR).
- Quienes, mientras hayan estado cursando los estudios anteriormente señalados, se hayan dedicado a la atención y cuidado de hijos menores de seis años entre el 1 de enero de 2015 y el 1 de enero de 2019. En estos casos la ampliación del margen de tiempo se corresponderá con el tiempo acreditado de atención y cuidado de hijos menores de seis años.
- Quienes hayan interrumpido los estudios anteriormente señalados, a causa de una enfermedad grave o por dedicarse a la atención de personas mayores de la familia en primera línea parental. En estos casos la ampliación del margen de tiempo se corresponderá con el tiempo acreditado
Se ampliarán en 2 años los periodos establecidos en los puntos 1 y 2 para los solicitantes por el turno de discapacidad.
Duración.
La duración máxima del contrato será de cuatro años. En el caso de los beneficiarios del turno de discapacidad, la duración máxima podrá ser de hasta 6 años.
La consecución de la titulación de doctorado pondrá fin a la etapa de formación del personal investigador, y a partir de ese momento dará comienzo la etapa postdoctoral, con fecha de efectos del mismo día en que se produzca. La duración del contrato postdoctoral será como máximo de 12 meses.
Dotación.
La cuantía de la retribución mensual que recibirán los beneficiarios en concepto de salario durante la vigencia del contrato predoctoral se ajustará a lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación. El importe mínimo de la retribución salarial es de 1.273,14 euros mensuales los dos primeros años, 1.364,08 euros mensuales el tercer año y 1.705,10 euros mensuales el cuarto año, (o quinto y sexto año en su caso) de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación. En cada año se devengarán 12 mensualidades y dos pagas extraordinarias.
El pago se efectuará directamente a los beneficiarios por mensualidades, en función del número de días que esté de alta desde su incorporación al centro de adscripción de la ayuda tras la resolución de concesión.
Durante la fase de orientación posdoctoral, se mantendrán las retribuciones del año en que esté realizando el contrato, realizándose una adenda al contrato predoctoral, sin superar los 4 años.
Beneficios adicionales.
Los beneficiarios estarán exentos del pago de los precios públicos de la matrícula de tutela académica por la elaboración de la tesis doctoral y, en su caso, de los créditos matriculados en concepto de complementos de formación, durante la vigencia del contrato. En el caso de que hubieran procedido al pago de la matrícula correspondiente al curso académico en el que se inicie el contrato, podrán solicitar la devolución del importe abonado en la Sección de Devoluciones, ubicada en el Edificio de Estudiantes.