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Artículo 2. Modificación parcial del Texto Refundido de La Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre.
- Dieciséis. Se suprime la tasa por solicitud de revisión o certificación de grado de discapacidad,
regulada en el Capítulo XCVI del Título IV, quedando sin contenido dicho Capítulo,
así como los artículos 478 a 481, ambos inclusive.
- Dieciocho. Se suprime la tasa por solicitud de revisión de grado de dependencia, regulada
en el Capítulo XCVIII del Título IV, quedando sin contenido dicho Capítulo, así
como los artículos 487 a 491, ambos inclusive.
- Diecinueve. Se suprime la tasa por emisión sucesiva, por causa no imputable a la
Administración, de tarjeta acreditativa del grado de discapacidad, regulada en el Capítulo CVI
del Título IV, quedando sin contenido dicho Capítulo, así como los artículos 525 a 529, ambos
inclusive.