Másteres oficiales

Reconocimiento de créditos

 

 

Reconocimiento de créditos en el Máster Universitario en Arteterapia y Educación Artística para la Inclusión

Social

En el Máster Universitario en Arteterapia y Educación Artística para la Inclusión Social, en el marco de la normativa de la UCM y la UAM, se podrán reconocer créditos según los siguientes casos y criterios:

  • El máximo número de créditos que podrán ser reconocidos en el Máster Universitario en Arteterapia y Educación Artística para la Inclusión Social.es de 36 ECTS, equivalente al 40% de los 90 ECTS de la titulación.
  • Se podrán reconocer créditos correspondientes a asignaturas superadas en enseñanzas oficiales de Máster, en enseñanzas oficiales de Licenciatura, Ingeniería Superior o Arquitectura anteriores al R.D. 1393/2007, siempre y cuando procedan de asignaturas vinculadas al segundo ciclo de las mismas, y en enseñanzas oficiales de Doctorado reguladas tanto por el R.D. 1393/2007 como por los anteriores R.D. 185/1985 R.D. 778/1998 y R.D. 56/2005.
  • El reconocimiento de créditos estará en función de la adecuación entre las competencias y contenidos asociados a las asignaturas cursadas y las del plan de estudios del Máster Universitario en Arteterapia y Educación Artística para la Inclusión Social.
  • El Trabajo Fin de Máster no podrá ser objeto de reconocimiento de créditos.
  • No se reconocerán créditos a partir de experiencia profesional o laboral, de enseñanzas superiores oficiales no universitarias, o de créditos cursados en títulos propios o enseñanzas universitarias no oficiales.