Tramitación de quejas y reclamaciones
Las quejas y reclamaciones se formulan a través del Buzón de sugerencias y reclamaciones presente en el menú de la página web del Máster.
Serán formuladas por el interesado mediante la presentación de un escrito que contenga sus datos personales, el sector de la comunidad universitaria al que pertenece y su domicilio a efectos de notificación, y en el que se concretarán con suficiente claridad los hechos que originan la reclamación, el motivo y alcance de la pretensión que se plantea y la petición que se expresa. Estas sugerencias y reclamaciones llegan al Vicedecano de Calidad e Innovación de la Facultad de Filología, que es a la vez el presidente delegado de la Comisión de Calidad del Centro.
La Comisión de Calidad del Centro efectuará el registro de todas las reclamaciones y enviará el correspondiente acuse de recibo a los que hayan presentado el escrito.
La Comisión no admitirá las reclamaciones y observaciones anónimas, las formuladas con insuficiente fundamento o inexistencia de pretensión y todas aquellas cuya tramitación cause un perjuicio al derecho legítimo de terceras personas. En todo caso, comunicará por escrito a la persona interesada los motivos de la no admisión.
La Comisión no entrará en el examen individual de aquellas reclamaciones sobre las que esté pendiente resolución judicial o expediente administrativo y suspenderá cualquier actuación si, en el transcurso de su tramitación, se iniciara un procedimiento administrativo o se interpusiera demanda.
La Comisión de Calidad del Centro transmitirá las reclamaciones y sugerencias admitidas a la Comisión de Calidad del Máster en Literatura Hispanoamericana. Para su tramitación, la Comisión de Reclamaciones del Departamento de Literaturas Hispánicas y Bibliografía actuará como Comisión de Reclamaciones del Máster, y promoverá la oportuna investigación y dará conocimiento a todas las personas que puedan verse afectadas por su contenido.
En la fase de investigación del procedimiento se realizarán las actuaciones pertinentes para comprobar cuantos datos fueran necesarios, mediante el estudio de la documentación necesaria y realización de entrevistas personales; la Comisión de Reclamaciones podrá recabar los informes externos que sean convenientes.
Una vez concluidas sus actuaciones, la Comisión de Reclamaciones notificará su resolución a los interesados y la comunicará al órgano universitario afectado (el Vicedecanato de Ordenación Académica), con las sugerencias o recomendaciones que considere convenientes para la subsanación, en su caso, de las deficiencias observadas.
En todo caso la Comisión de Reclamaciones resolverá dentro del plazo de tres meses desde que fue admitida la reclamación.