Justificación EB40/17
Una vez concluida la estancia, en un plazo máximo de 10 días, deberá presentar en el Servicio de Investigación los siguientes documentos:
- Memoria de la actividad desarrollada en su desplazamiento (mínimo 300 palabras).
- Certificado de asistencia original (por duplicado) extendido por el responsable del Centro receptor donde conste expresamente el dia de inicio y fin de la estancia. En ningún caso se admitirán los certificados en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Certificados con tachaduras o enmiendas
- Certificados en los que su fecha de expedición sea anterior a la fecha de finalización de la estancia.
- Certificados cuyas fechas de estancia entren en contradicción con las fechas del viaje.
- Facturas y billetes originales del medio de transporte utilizado y tarjetas de embarque utilizadas en el viaje. Sólo se admitirán billetes de transporte público si viene especificado su precio o se acompaña de la factura.
- Breve memoria explicativa que incluya un listado de justificantes aportados, junto con una breve explicación de los gastos de billetes de autobús o transportes urbanos y similares.
- Justificante del vehículo particular. El uso del vehículo requerirá autorización previa del Vicerrectorado de Política Científica, Investigación y Doctorado. Deberá acompañarse de ticket de peaje y/o gasolina, que tendrán función de documento probatorio de la utilización de dicho vehículo. Los gastos de peaje se abonarán siempre y cuando no se supere el importe máximo para desplazamiento establecido en la convocatoria y en la concesión.
- Con el fin de facilitar las tareas de Registro de la Documentación se incluirá un listado de la documentación que se aporta.