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Interrupción de la ayuda CT62/23 y CT21/24

Regulación. 

Artículo 13 de la convocatoria.

Carácter y condiciones de disfrute de los contratos.

Los contratos surtirán efectos desde la fecha en que se formalicen, a través de la firma de la persona contratada y de la Vicerrectora de Investigación y Transferencia de la UCM, y tendrán una duración máxima de cuatro años, sin perjuicio de lo dispuesto en materia de interrupciones y prórrogas del plazo de ejecución descritos en el artículo 25.7 del “Procedimiento personal investigador en formación Plan Estatal 2021-2023”.