Instrucciones de alta e incorporación de beneficiarios CT65/16
La fecha de alta e inicio de los contratos laborales derivados de esta convocatoria será el 16 de septiembre de 2017, previo cumplimiento de los requisitos exigidos en estasinstrucciones. Los beneficiarios de las ayudas deberán seguir las siguientes instrucciones respecto al alta e incorporación al Centro.
ALTA DEL BENEFICIARIO.
Los beneficiarios de las ayudas dispondrán de un plazo hasta el 6 de septiembre de 2017, para presentar en el Servicio de Investigación (Edificio Entrepabellones 7 y 8 de la Facultad de Medicina, 2ª planta) los documentos para el “alta del beneficiario” que se encuentran disponibles en la página web del Servicio de Investigación:
- Formulario de alta de contratación e incompatibilidades.
- Impreso de datos bancarios para el pago de haberes.
- Solicitud de aplazamiento de incorporación al contrato (si procede).
- Comunicación del número de la Seguridad Social. Deberá adjuntar copia del documento expedido por la Seguridad Social por el que se le asigna el nº de afiliación.
- Impreso 145 IRPF.
- Original y copia del título de doctor para su compulsa.
El beneficiario que no entregue la documentación en el plazo establecido se entenderá que renuncia a su ayuda y el Vicerrectorado de Política Científica, Investigación y Doctorado procederá a su sustitución por el candidato que ocupe el siguiente puesto en el orden de
evaluación de su área.
Solo en casos excepcionales y debidamente justificados, el Vicerrector de Política Científica, Investigación y Doctorado de la UCM podrá autorizar el aplazamiento de la incorporación hasta un máximo de 2 meses. Los periodos de aplazamiento no serán recuperables del periodo máximo de la ayuda.
INCORPORACIÓN.
El beneficiario presentará una vez incorporado, en el plazo de 10 días, el certificado de incorporación que está también disponible en la página web del Servicio de Investigación. Si el beneficiario no se incorporase a su centro de destino en el plazo señalado o no acreditase en el plazo establecido la incorporación, se entenderá que renuncia a la ayuda y causará baja.