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Informes de seguimiento científico técnico CT65/22

Regulación.   

Artículo 25 de las bases reguladoras de la convocatoria.

Justificación de la actuación

1. Se presentará a través de los medios electrónicos que la Comunidad de Madrid pondrá a disposición de los beneficiarios, en los términos previstos en cada convocatoria una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
2. Se elaborarán dos memorias de actuación, una en la mitad del período de ejecución de la ayuda, memoria intermedia, y otra tras la finalización del período de ejecución, memoria final, utilizando en ambos casos los modelos que se pondrán a la disposición de los beneficiarios a través de los medios electrónicos de la Comunidad de Madrid.
3. Las entidades beneficiarias deberán presentar al órgano concedente la memoria intermedia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización de la mitad del período de ejecución, y la memoria final en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la finalización del período de ejecución.
4. Estas memorias incluirán la descripción de lo realizado y del cumplimiento del programa de formación durante el período comprendido en la memoria y, en su caso, plan de trabajo para el resto del período de ejecución de la ayuda, haciendo una referencia específica a la situación, evolución y presentación de la tesis doctoral.
5. El resultado de la evaluación de la memoria intermedia será determinante para mantener la continuidad de la ayuda.

Artículo 27 de las bases reguladoras de la convocatoria.

Seguimiento y control científico-técnico de las ayudas

1. La aceptación de la ayuda por parte de los beneficiarios implica la aceptación de las bases reguladoras y las condiciones impuestas por las convocatorias y las resoluciones de concesión, así como el cumplimiento del artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 8 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo.
2. La Dirección General competente en materia de Investigación podrá designar a los expertos o comisiones de expertos que estime oportuno para valorar el grado de cumplimiento de los de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
3. Asimismo, podrá realizar entrevistas personales con el personal investigador predoctoral adicionales a las memorias indicadas en el artículo 25.2.
4. El control científico-técnico se plasmará en informes firmados por los expertos, que en su caso sean designados para dicha actividad. Estos informes contrastarán el proyecto de tesis doctoral propuesto inicialmente con las memorias indicadas en el artículo 25.2 y las posibles entrevistas previstas en el apartado 2. 

Apartado decimoséptimo de la convocatoria

Justificación de la actuación.

Decimoséptimo. Justificación de la actuación.

1. La justificación de la actuación se presentará a través de los medios electrónicos que la Comunidad de Madrid pondrá a disposición de los beneficiarios en forma de memorias de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención.
2. Se elaborarán dos memorias de actuación, una en la mitad del periodo de ejecución de la ayuda, memoria intermedia, y otra tras la finalización del periodo de ejecución, memoria final, utilizando en ambos casos los modelos que se pondrán a la disposición de los beneficiarios a través de los medios electrónicos de la Comunidad de Madrid.
3. Las entidades beneficiarias deberán presentar al órgano concedente la memoria intermedia en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la finalización de la mitad del periodo de ejecución, y la memoria final en el plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la finalización del periodo de ejecución.
4. Estas memorias incluirán la descripción de lo realizado y del cumplimiento del programa de formación durante el periodo comprendido en la memoria y, en su caso, el plan de trabajo para el resto del periodo de ejecución de la ayuda, haciendo una referencia específica a la situación, evolución y presentación de la tesis doctoral. 
5. El resultado de la evaluación de la memoria intermedia será determinante para mantener la continuidad de la ayuda.