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Doctorandos vs Investigadores

Desde el 7 de agosto de 2026, aquellas personas extranjeras que vayan a cursar estudios de doctorado en España deben tramitar una autorización de residencia para investigación nacional, equiparando así a los estudiantes de países externos a la UE, matriculados en un programa de Doctorado en la UCM y quieran residir en España, con aquellas personas de fuera de la Unión Europea que realizan estancias de investigación en la Universidad Complutense Madrid, sin que cursen estudios con nosotros. 

Doctorandos

Para solicitar tu autorización de residencia para investigación nacional necesitas: 

 

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Investigadores

Para que seas considerado como tal, no debes estar matriculado en estudios superiores de la UCM 

Debes distinguir entre estos dos casos: 

  • Eres estudiante de Grado, Máster o Doctorado (en una universidad distinta a la UCM), en cuyo caso deberás presentar una acreditación oficial de matriculación en estudios de grado, máster o doctorado
  • Eres un investigador Doctor. Tendrás que presentar la documentación acreditativa de ser doctor o equivalente.

En ambos casos es la persona visitante quien inicia el contacto directamente con un/a profesor/a o Director/a del departamento o instituto de la UCM para expresar su interés en realizar la estancia. Si eres admitido/a la persona responsable deberá emitirte una carta de aceptación siguiendo el modelo establecido por la UCM. Recuerda que en ningún caso se percibirá remuneración alguna. 

Para regularizar tu estancia en España, deberás solicitar una autorización de residencia temporal y trabajo para investigación en la modalidad que te corresponda: 

  • Autorización de residencia para investigación UE
  • Autorización de residencia para investigación nacional

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