• English
  • Youtube
  • Facebook
  • Twitter
  • Linkedin
  • Instagram
  • tiktok

Información general de las Titulaciones Propias de Posgrado (Master Propio, Especialista y Experto)

INFORMACIÓN SOBRE LOS TÍTULOS PROPIOS DE POSGRADO

 IMPORTANTE: Algunas de las páginas de este Sitio Web están disponibles en archivos con formato PDF, para poder ver estas páginas es necesario tener instalada la aplicación Acrobat Reader.


1- CLASES DE TÍTULOS PROPIOS. CONTENIDO Y DURACIÓN:

La Universidad puede organizar como enseñanzas conducentes a la obtención de un Título Propio los siguientes:

Master Propio: Son aquellos estudios que comprenden al menos 500 horas teórico-prácticas. Con carácter general tendrán una duración de dos años.

Especialista: Estudios con una duración, en términos generales de un año y requieren haber cursado un mínimo de 300 horas teórico-prácticas.

Experto: Estudios con un mínimo de 250 horas teórico-prácticas y una duración de un año académico.

¿Qué son los Títulos Propios?

Son enseñanzas especializadas, organizadas e impartidas por la propia Universidad.

La titulación que ofrecen no produce efectos académicos plenos, habilitadores para el ejercicio profesional. Su valor y reconocimiento dependen de su adaptación a la demanda social, por lo que se dirigen a alcanzar objetivos tales como:

  • Proporcionar una formación especializada con proyección profesional inmediata
  • Actualización de conocimientos para profesionales
  • Establecimiento, en suma, de una conexión entre la actividad académica y la realidad social (objetivo refrendado por la organización frecuente de títulos que se imparten mediante convenio con instituciones públicas y empresas privadas)

En este marco, la Universidad organiza diferentes tipos de enseñanzas entre las que, actualmente, se encuentran las siguientes:

2.- MASTER PROPIO

Se podrá acceder a estos estudios en iguales condiciones  que las establecidas para el acceso a las enseñanzas de Master reguladas por el artículo 16 del R.D. 1393/2007 (BOE de 30 de Octubre) y, en todo caso, cuando se esté en posesión del título, de licenciado, ingeniero, arquitecto o de grado regulado por el R.D. 1393/2007 (BOE de 30 de Octubre) por una Universidad Española, si bien se podrá eximir de estos requisitos en determinados casos:

    • Por estudios en el extranjero cuando éstos equivalgan al de licenciado, ingeniero, arquitecto o grado, en los mismos términos establecidos para acceder a los estudios de Posgrado.
    • Mediante la acreditación de una notable experiencia profesional en el campo de actividades propias del curso que será valorada por la Comisión de Títulos Propios, con un mínimo de Acceso a la Universidad o su equivalente.

Las enseñanzas deberán comprender un mínimo de 500 horas teórico-prácticas, que se desarrollarán, con carácter general, durante un período académico de dos años.

3.- ESPECIALISTA UNIVERSITARIO

Se exigen los mismos requisitos de acceso que para el Master Propio.

Las enseñanzas comprenderán un mínimo de 300 horas teórico-prácticas.

4.-  EXPERTO UNIVERSITARIO

Su acceso requiere la superación de todas las materias de primer ciclo de una licenciatura, se esté en posesión del título de diplomado, licenciado, ingeniero, arquitecto por una Universidad Española, o se hayan superado, al menos, 180 créditos ECTS de un grado, si bien se podrá eximir de estos requisitos en determinados casos:

  • Por estudios en el extranjero cuando éstos equivalgan al de diplomado o superior.
  • Mediante la acreditación de una notable experiencia profesional en el campo de actividades propias del curso que será valorada por la Comisión de Títulos Propios, con un mínimo de Acceso a la Universidad o su equivalente.

Las enseñanzas comprenderán un mínimo de 250 horas teórico prácticas.

5- ACCESO:


Se podrá acceder a un Título Propio de Master Propio o Especialista si se está en posesión del título de Licenciado Ingeniero, Arquitecto o de Grado regulado por el R. D. 1393/2007 (BOE 30 de Octubre) obtenido en una Universidad Española, si se ha obtenido la homologación del Ministerio de Educación y Ciencia por estudios realizados en Universidades o Centros de enseñanza superior en el extranjero, o si se ha obtenido la autorización del Rector de esta Universidad para cursar estudios de Doctorado.

Se podrá acceder a un curso de Experto cuando se  hayan aprobado todas la materias de primer ciclo de una licenciatura, se esté en posesión del títulos de diplomado, licenciado, ingeniero, arquitecto por una Universidad Española, o se hayan superado al menos 180 créditos ECTS de un grado.

En el caso de estudios realizados en Universidades o Centros de enseñanza superior en el extranjero y no estén homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia y ni se haya obtenido autorización del Rector de esta Universidad para cursar estudios de Doctorado, el estudiante deberá obtener la autorización de la Comisión de Títulos Propios para acceder al título propio solicitado. La documentación que acredite los estudios realizados será remitida a la citada Comisión desde la Secretaría de estudiantes del Centro correspondiente. 

Aquellos estudiantes cuyos países pertenezcan a la Unión Europea no precisarán la autorización a la que se refiere el párrafo anterior, no obstante la documentación que acredite la titulación deberá estar traducida al idioma castellano por un traductor jurado.

Los estudiantes que estén realizando el último curso de la titulación que dé acceso al Título Propio solicitado podrán realizar la preinscripción acreditando, mediante declaración jurada, que se encuentran matriculados de la totalidad de las asignaturas que les quedan para finalizar sus estudios. Una vez admitidos, en el momento de la formalización de la matrícula, deberán acreditar que han finalizado sus estudios o presentar certificación académica oficial en la que conste los créditos pendientes.


6.- EVALUACIÓN Y OBTENCIÓN DEL TÍTULO:


El estudiante matriculado en un Título Propio de la UCM sólo podrá optar a la obtención del Título en el que se haya matriculado (master propio, especialista o experto), sin que exista la posibilidad de otorgar un Título intermedio en el caso de no haber cumplido con los requisitos de los estudios.

La obtención del Título requiere una asistencia mínima del 85% de las clases teóricas por lo que los directores deberán establecer sistemas de control de asistencia. Paralelamente, la obtención del Título implica haber realizado las tareas prácticas, trabajos de fin de curso o cualquier otro tipo de actividades que el Título hubiera establecido en su programación.

Cada estudiante sólo tendrá derecho a presentarse a una única convocatoria, pudiendo optar entre las dos que haya establecido el Título en su memoria o programa.

Los criterios de evaluación se especificarán en la propuesta del curso. Los estudiantes obtendrán la calificación de "Apto" o "No Apto" otorgada por el director del Título de acuerdo con el rendimiento del estudiante.
Un máximo del 20% de los estudiantes matriculados en el Título podrá obtener una "mención de excelencia" que constará en su Título.

Aquellos estudiantes que hubieran asistido a un mínimo del 85% de las clases teóricas y que, finalmente, no hubieran obtenido la calificación de "Apto", tendrán derecho a un certificado de asistencia al curso que será emitido por la Secretaría de estudiantes y estará firmado por el Secretario del Centro. 

7.- EXPEDICIÓN DE TÍTULOS:

El estudiante matriculado en un Título Propio de la UCM sólo podrá optar a la obtención del Título en el que se haya matriculado (master propio, especialista o experto), sin que exista la posibilidad de otorgar un Título intermedio en el caso de no haber cumplido con los requisitos de los estudios.La obtención del Título requiere una asistencia mínima del 85% de las clases teóricas por lo que los directores deberán establecer sistemas de control de asistencia. Paralelamente, la obtención del Título implica haber realizado las tareas prácticas, trabajos de fin de curso o cualquier otro tipo de actividades que el Título hubiera establecido en su programación.Cada estudiante sólo tendrá derecho a presentarse a una única convocatoria, pudiendo optar entre las dos que haya establecido el Título en su memoria o programa.Los criterios de evaluación se especificarán en la propuesta del curso. Los estudiantes obtendrán la calificación de "Apto" o "No Apto" otorgada por el director del Título de acuerdo con el rendimiento del estudiante.Un máximo del 20% de los estudiantes matriculados en el Título podrá obtener una "mención de excelencia" que constará en su Título.Aquellos estudiantes que hubieran asistido a un mínimo del 85% de las clases teóricas y que, finalmente, no hubieran obtenido la calificación de "Apto", tendrán derecho a un certificado de asistencia al curso que será emitido por la Secretaría de estudiantes y estará firmado por el Secretario del Centro.


Los títulos incluirán la calificación del estudiante (Apto) y, en su caso, la "mención de excelencia".
En el reverso del Título se incluirá el programa cursado por el estudiante, con indicación del número total de horas. 

La expedición se realizará a través del Servicio de Estudios. Para ello el estudiante deberá presentar la solicitud correspondiente en la Secretaría de estudiantes del Centro.

Las tasas de expedición de los títulos, serán las que se indiquen en el BOCM aplicando las del título de licenciado al Master Propio y las del título de diplomado al Especialista y Experto.

8.- REINCORPORACIÓN POR INTERRUPCIÓN DE ESTUDIOS.


En el caso de Títulos propios con más de un curso académico de duración, aquellos estudiantes que hubieran interrumpido sus estudios al finalizar un curso académico y deseen continuarlos en un curso posterior deberán presentar una instancia en la Secretaría de estudiantes de su Centro junto con el Vº Bº del Director del Título en cuestión. El Director del Título Propio es la persona competente para autorizar o denegar la reincorporación.