Incidencias en la ejecución de los contratos
Si en el desarrollo del contrato se constata que el contratista no cumple con sus obligaciones, el responsable del contrato en la unidad gestora requerirá formal y fehacientemente al contratista el cumplimiento, haciendo constar las deficiencias observadas.
Si el contratista no respondiera al requerimiento y no subsanase las deficiencias, la unidad gestora remitirá al Servicio de Seguimiento de Proyectos y Contratos (SSPC), propuesta de imposición de las penalidades que correspondan o, en su caso, la resolución del contrato, según lo previsto en los pliegos de la contratación, adjuntando la documentación de las actuaciones realizadas.
A la vista de la documentación recibida, el SSPC realizará las siguientes actuaciones:
a) Iniciar el expediente, con la propuesta que corresponda, mediante Resolución del órgano de contratación.
b) Trámite de audiencia al contratista y requerimiento de informe a la unidad gestora, a evacuar, en ambos casos, en el plazo de 10 días naturales si se trata de una resolución de contrato y de cinco días hábiles si se trata de cualquier otro tipo de incidencia. Si la propuesta incluye la resolución del contrato con incautación de la garantía se dará audiencia, en el mismo plazo de diez días naturales, al avalista o asegurador.
c) Informe de la Asesoría Jurídica si existe oposición del contratista y no hay informes previos aplicables.
d) Si la propuesta incluye resolución del contrato y existe oposición del contratista, será necesario el informe de la Comisión Jurídica Asesora de la Comunidad de Madrid.
e) Resolución motivada del órgano de contratación que se notificará al contratista y, en su caso, al avalista.