Institutos Universitarios

Discriminación y estereotipos de género en la Administración pública: especial referencia a la violencia obstétrica.

Autor: Verónica Yazmín García Morales

Universitat de Barcelona

 

Modalidad: Online

 

Abstract:

La perspectiva de género se erige como una herramienta clave para la garantía efectiva de la igualdad y los derechos de las mujeres. En el ámbito de las Administraciones públicas, la perspectiva de género se ha ido configurando jurídicamente como un principio que guía el conjunto de su actuación, tanto en su estructura interna como en sus relaciones externas. Diversas leyes, tanto las especificas en materia de igualdad y no discriminación, como la normativa sectorial, establecen que las Administraciones Púbicas han de incorporar de manera transversal el enfoque de género, interseccional y antidiscriminatorio. 

 

La incorporación de la perspectiva de género como principio de actuación de las Administraciones Públicas trae cuenta de la normativa que a nivel internacional busca la consecución de la igualdad transformativa. De ahí que la aplicación efectiva de la perspectiva de género responda, a su vez, a la consolidación de los derechos humanos de las mujeres. En este contexto, un elemento clave del enfoque de género es visibilizar la desigualdad por razón de género, lo cual obliga a las Administraciones Públicas a tomar medidas para “modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres” (art. 5.a, Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer). 

 

La actuación de la Administración Pública a través de sesgos y estereotipos de género tiene como consecuencia la vulneración del derecho a la igualdad y a no sufrir discriminación de las mujeres. En esta comunicación se propone analizar las decisiones del Comité de la CEDAW en la que se abordan las obligaciones y responsabilidades de España en el ámbito de la violencia obstétrica (CEDAW/C/84/D/154/2020; CEDAW/C/82/D/149/2019; CEDAW/C/75/D/138/2018). 

 

La finalidad de este análisis es, por un lado, delimitar las obligaciones de la Administración sanitaria para incorporar de forma efectiva la perspectiva de género. Así, es relevante determinar los criterios que ha de incorporar la Administración Pública para la aplicación transversal y efectiva de la perspectiva de género en las políticas públicas de salud. Finalmente, se identifican los estereotipos de género en los que se sustenta la violencia obstétrica y que, como se pone de manifiesto en los dictámenes de la CEDAW, suponen una vulneración de los derechos humanos de las mujeres