Predoctoral UCM
Tipo de puesto
Personal investigador en formación.
Requisitos de acceso
Debes tener el Título de licenciado/a, ingeniero/a, arquitecto/a, graduado/a universitario con grado de al menos 300 créditos ECTS (European Credit Transfer System) o master universitario, o equivalente, y haber sido admitido/a en un programa de doctorado de la UCM.
Forma de acceso
Convocatoria emitida por la UCM, la cual establece sus baremos para la evaluación de las personas candidatas. Se publica en su Boletín Oficial (BOUC).
Procedencia
Estudios de grado, licenciatura, ingeniería, arquitectura o graduado universitario o máster.
Normativa aplicable
- Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Art. 21 Contrato predoctoral.
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE 24/12/2001), modificada por Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, (BOE 13/04/2007).
- Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.
- Texto refundido del Estatuto de los Trabajadores.
- Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público.
- Cuando proceda: Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Ver Portal de Inmigración.
- Estatutos de la UCM.
- Las bases reguladoras y las convocatorias emitidas por la UCM.
- Normativa de doctorado de la UCM.
- Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de mayo de 2016, modificado por Consejo de Gobierno de 4 de mayo de 2017 y por Comisión Académica de 29 de junio de 2018, sobre colaboración en tareas docentes.