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Ingeniería Informática

Máster. Curso 2024/2025.

Requisitos de titulación o formación previa específica

Graduados que hayan adquirido previamente las competencias que se recogen en el apartado 3 del Anexo II de la Resolución de 8 de junio de 2009, de la Secretaría General de Universidades (B.O.E. 4 de agosto de 2009) por el que se establecen las recomendaciones para la verificación de los títulos universitarios oficiales vinculados con el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico en Informática. Tales competencias son adquiridas en particular al obtener el Grado en Ingeniería Informática, el Grado en Ingeniería del Software o el Grado en Ingeniería de Computadores que se imparten en la actualidad en la Facultad de Informática de la UCM, así como cualquier otro grado oficial vinculado con el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico en Informática.

Por esta misma razón, también podrán ser admitidos directamente los poseedores de títulos equivalentes a cualquiera de los anteriores expedidos por una institución de educación superior perteneciente a otro estado integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, así como los ingenieros y licenciados en Informática, de acuerdo con las ordenaciones anteriores de los estudios universitarios en España.

Finalmente, podrán ser admitidos directamente al Máster en Ingeniería Informática los solicitantes con títulos obtenidos en sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación, previa comprobación por la Comisión de Coordinación del Máster en Ingeniería Informática de que aquellos acreditan un nivel de formación en Informática equivalente a los títulos universitarios oficiales españoles mencionados anteriormente.

En segundo lugar, también podrán ser admitidos al Máster en Ingeniería Informática los titulados en Ingeniería Técnica en Informática de Gestión o en Ingeniería Técnica en Informática de Sistemas, de acuerdo con las ordenaciones anteriores de los estudios universitarios en España, con complementos formativos que les serán asignados por la Comisión de Coordinación del Máster en Ingeniería Informática en función de la formación previa acreditada por el estudiante, de forma que se adquieran las competencias adecuadas, indicadas en el párrafo anterior. De la misma forma, podrán ser admitidos con complementos formativos estudiantes con otros títulos relativamente cercanos de las ramas de Ciencias y de Ingeniería y Arquitectura (como, por ejemplo, Matemáticas, Físicas, Ciencias de la Computación, Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones, Ingeniería de Sistemas, etc.), para los cuales la formación previamente adquirida más los complementos asignados garanticen la adquisición de competencias apropiadas.

Para valorar las solicitudes de admisión al máster, la Comisión de Coordinación del Máster en Ingeniería Informática tendrá en cuenta el expediente académico en la titulación de acceso (60%), el curriculum vitae del estudiante (10%) y la adecuación del perfil del candidato a los objetivos y contenidos del programa (30%). En general, a méritos equivalentes, tendrán prioridad los estudiantes con titulaciones de acceso que no requieran complementos formativos.

Criterios de valoración

Criterios de valoración Máximo número de puntos
Expediente académico en la titulación de acceso 60
Curriculum vitae 10
Adecuación del perfil del candidato a los objetivos y contenidos del programa 30