Lingüística Teórica y Aplicada
Doctorado. Curso 2024/2025.
Requisitos de titulación o formación previa específica
Requisitos de acceso
Los requisitos de acceso para los estudios de doctorado son los que se determinan con carácter general en el artículo
6. Requisitos de acceso al doctorado y en el artículo 7. Criterios de admisión del Real Decreto 99/2011, de 28 de
enero y las Directrices establecidas por la UCM (v. http://www.ucm.es/normativa).
Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos
oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario.
Además podrán acceder quienes cumplan alguno de los siguientes supuestos:
a) Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación
Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto
1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios
oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
b) Estar en posesión de un título oficial español de Graduado, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario,
sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos
de formación a que se refiere el artículo 7.2 del RD 99/2011, salvo que el plan de estudios del correspondiente título
de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación
procedentes de estudios de Máster.
c) Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso
a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación
de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
d) Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos que no pertenezcan al Espacio Europeo
de Educación Superior, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita
un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor
del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación
del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a
enseñanzas de Doctorado.
e) Podrán ser admitidos a los estudios de doctorado conforme al RD 99/2011, los Licenciados, Arquitectos o Ingenieros
que hubieran alcanzado la suficiencia investigadora regulada en el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, o estuvieran
en posesión del Diploma de Estudios Avanzados obtenido de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto
778/1998, de 30 de abril.
f) Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
h) Estar en posesión de un título universitario oficial de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero expedido por alguna universidad
española u homologado por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
Criterios de admisión
Los criterios generales de admisión al programa de doctorado en Lingüística Teórica y Aplicada serán los criterios
generales de acceso a doctorado de la universidad complutense de Madrid. (http://www.ucm.es/normativa).
El órgano que llevará a cabo el proceso de admisión será la Comisión Académica del programa de doctorado.
La Comisión Académica del programa de doctorado estará compuesta por un mínimo de seis y máximo de nueve
miembros de los distintos Departamentos implicados: Área de Lingüística General (Departamento de Filología Románica,
Eslava y Lingüística General), Departamento de Filología Italiana, Departamento de Filología Alemana, Departamento
de Filología Francesa, Departamento de Estudios Árabes e Islámicos, Depto. de Estudios Hebreos y Arameos,
Departamento de Filología Griega e Indoeuropea, Departamento de Filología Española I, Departamento de Filología
Inglesa I.
Todos los miembros de la Comisión Académica serán profesores doctores del programa de doctorado con dedicación
a tiempo completo en su departamento y especialistas en las áreas de conocimiento de lingüística y de estudios
lingüísticos en alemán, italiano, árabe, hebreo.
Los miembros serán propuestos por los Departamentos y nombrados por la Junta de Facultad de Filología.
Este sistema y procedimiento considera la posibilidad de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas
de discapacidad, para los que se reforzarán los servicios generales de apoyo y de asesoramiento, aunque adecuados
según los casos particulares. La UCM garantiza la accesibilidad universal a los estudiantes con necesidades
educativas específicas derivadas de discapacidad.
Criterios de valoración
Criterios de valoración | Máximo número de puntos |
Expediente académico en la titulación de acceso | 10 |
Expediente académico en la titulación de acceso, ponderado por la media de titulación y año de finalización | 5 |
Curriculum vitae | 15 |
Formación específica (exceptuando titulación de acceso) | 15 |
Experiencia profesional en el ámbito del conocimiento del máster | 5 |
Experiencia docente e investigadora | 15 |
Adecuación del perfil del candidato a los objetivos y contenidos del programa | 20 |
Entrevista personal | 5 |
Conocimientos de idiomas acreditados por organismos oficiales | 5 |
Otros méritos (pueden especificarse méritos concretos o valorarse de forma global) | 5 |