Titulaciones interuniversitarias

Comisión académica

 

El órgano de coordinación del programa es la Comisión Académica, a la que corresponderá la organización, gestión y supervisión de las actividades del estudio. La Comisión organiza, diseña y coordina el programa de doctorado y se responsabiliza de las actividades de formación e investigación del mismo.

 

Composición de la Comisión Académica.

En esta Comisión están representadas, con igual número de miembros, las doce universidades participantes en el programa de doctorado. Está constituida por el coordinador general del programa, que actúa de presidente de la misma, y once vice-coordinadores, uno por cada una de las otras universidades que forman el programa (todos ellos miembros del personal docente e investigador con vinculación permanente a la universidad y profesores del programa):

Miembros de la Comisión Académica

Universidad

Coordinaror/a

Email

UANebrija

Juan Antonio Rubio Aróstegui

jrubio@nebrija.es

UA

Fernando Vera Rebollo

Jf.vera@ua.es

UCA

José Antonio López Sánchez

joseantonio.lopez@uca.es

UCM

María García Hernández

mgarciah@ucm.es

UEX

José Manuel Hernández Mogollón

jmherdez@unex.es

ULL

Moisés Simancas Cruz

moisiman@ull.edu.es

UMA

Antonio Guevara Plaza

guevara@uma.es

UOC

Julie Wilson

Jwilson2@uoc.edu

URJC

Francisco Javier Otamendi Fernández de la Puebla

franciscojavier.otamendi@urjc.es

USC

Xosé Manuel Santos Solla

Xosemanuel.santos@usc.es

US

Angeles Gallego Agueda

maga@us.es

UVigo

José Antonio Fraiz Brea

jafraiz@uvigo.es

 

Funciones de la Comisión Académica

  1. Llevar a cabo el seguimiento y evaluación de la marcha del Título y propondrá anualmente, para su aprobación por los órganos encargados del desarrollo de estudio, y de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto por cada Universidad participante, las modificaciones al estudio que considere oportunas, así como, si procede, la propuesta de renovación correspondiente.
  2. Armonizar las diferencias que puedan existir entre las modalidades de implantación del Título en cada universidad, para garantizar el servicio a los estudiantes y proponer los mecanismos oportunos que faciliten la movilidad de estudiantes y profesores.
  3. Proponer un coordinador general y vice-coordinadores del Programa de Doctorado cada dos años, que deberán reunir los requisitos señalados en este convenio y que serán nombrados por acuerdo de los rectores de todas las universidades, en virtud de lo establecido en el RD 99/2011, previo informe del Comité de Dirección de la Escuela o Escuelas o, en su defecto, de las Comisiones de cada Universidad con competencias en doctorado.
  4. Proponer requisitos adicionales a los recogidos en el Anexo de este convenio para poder dirigir tesis doctorales y para la defensa de tesis doctorales, que en todo caso deberán cumplir con lo establecido en el RD 99/2011. Estas propuestas estarán sujetas a lo que dictamine el Comité de Dirección de la o a las Escuelas o, en su defecto, las Comisiones con competencias en doctorado de cada una de las Universidades.
  5. Seleccionar a los doctorandos que hayan solicitado la admisión al Programa.
  6. Como responsable de la calidad del Programa, la Comisión nombrará una unidad de garantía de calidad constituida por 2 miembros de los equipos de investigación, 1 doctorando y 1 representante del PAS, por cada una de las Universidades participantes en el Programa. Esta unidad implementara el sistema de garantía interno de calidad establecido por las Escuelas de Doctorado de las Universidades.

 

Funcionamiento para cuestiones de trámite relacionadas con los doctorandos:

  1. Asignación de tutor. En el mismo momento de la admisión al Programa de Doctorado, la Comisión Académica asigna a cada doctorando un tutor, cuya función es velar por la correcta interacción entre éste y dicha Comisión, la cual puede modificar este nombramiento en cualquier momento del período de realización del doctorado, a petición del doctorando y siempre que concurran razones justificadas.
  2. Control de permanencia en el programa. La permanencia en el Programa de Doctorado es también controlada por la Comisión Académica teniendo en cuenta las actividades realizadas por el doctorando y el desarrollo del plan de investigación planteado para la realización de su Tesis. Para ello cada alumno ha de inscribir e incorporar dichas actividades y avances en su Documento de Actividades y Plan de Investigación (utilizando para ello la aplicación informática RAPI en la UCM). El contenido de dicho documento ha de ser regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado anualmente por la Comisión Académica del Programa.
  3. Valoración anual del Documento de Actividades y el Plan de Investigación de cada uno de los doctorandos. De acuerdo con los resultados de la evaluación realizada por los vicecoordinadores de cada universidad, la Comisión emite su informe anual, que puede ser favorable o desfavorable. En el caso de que el informe sea favorable, la Comisión Académica puede incluir las medidas de mejora que se estimen oportunas para encauzar adecuadamente las actividades del doctorando. Cuando esto ocurra, en el informe del curso siguiente se debe tener en cuenta el grado de aplicación por parte del doctorando de las medidas propuestas. En caso de que el informe sea desfavorable, el doctorando ha de ser reevaluado en un plazo de seis meses, debiendo presentar un nuevo Plan de Investigación. Y, en el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causa baja definitiva en el Programa.