Doctorado

Comisión Académica del Programa

COMISIÓN ACADÉMICA DEL PROGRAMA.

La organización, el proceso de admisión de los estudiantes, la coordinación del mismo, etc. será llevada a cabo por la Comisión Académica del Programa de Doctorado "Farmacia".

Su estructura y funcionamiento será determinada por la UCM y estará integrada por el/la Coordinador/a del Programa y por representantes de los Departamentos participantes así como un representante de la Universidad de Alcalá, todos ellos Doctores e Investigadores de reconocido prestigio. Será designada por el Rector a propuesta de la Junta de Facultad del Centro, previo informe de la Comisión de Doctorado de la UCM. Así mismo, participará al menos un miembro del equipo de Gobierno del Centro que podrán ser el Decano/ y/o el vicedecano/a de Postgrado.

En base a los criterios anteriores, se constituye la siguiente composición de la Comisión Académica:

  • El/La Vicedacano/a de Postgrado de la Facultad de Farmacia: Profa. Dra. Dña. Mª. Dolores Tenorio Sanz.
  • El/La coordinador/a del Programa en la UCM que actuará como presidente/a de la Comisión: Profa. Dra. Dña. Inmaculada Mateos-Aparicio Cediel.
  • El/La coordinador/a del Programa en la UAH: Profa. Dra. Dña. Josefa Begoña Escalera Izquierdo.
  • Un/a Investigador/a representante del Departamento de Farmacia Galénica y Tecnología Alimentaria de la Facultad de Farmacia de la UCM: Prof. Dr. D. Juan José Torrado Durán.
  • Un/a Investigador/a representante del Departamento de Farmacología, Farmacognosia y Botánica de la Facultad de Farmacia de la UCM: Profa. Dra. Dña. Beatriz de las Heras Polo.
  • Un/a Investigador/a representante del Departamento de Nutrición y Ciencia de los Alimentos de la Facultad de Farmacia de la UCM: Profa. Dra. Dña. María del Mar Larrosa Pérez.
  • Un/a Investigador/a representante del Departamento de Química en Ciencias Farmacéuticas de la Facultad de Farmacia de la UCM: Profa. Dra. Dña. María Victoria Cabañas Criado.
  • Un/a Investigador/a representante de la Sección Departamental de Fisiología de la Facultad de Farmacia de la UCM: Profa. Dra. Dña. Dolores Prieto Ocejo.
  • A las reuniones de la Comisión asistirá como Secretaria de la misma Dña. Macarena Martín Zapatero, Auxiliar Administrativo de la Facultad.

Con objeto de resolver aquellos asuntos de trámite que requieran urgencia, se constituye la COMISIÓN PERMANENTE formada por: 

  • El/La Vicedacano/a de Postgrado de la Facultad de Farmacia: Profa. Dra. Dña. Mª. Dolores Tenorio Sanz.
  • El/La coordinador/a del Programa en la UCM que actuará como presidente/a de la Comisión: Profa. Dra. Dña. Inmaculada Mateos-Aparicio Cediel.
  • El/La coordinador/a del Programa en la UAH: Profa. Dra. Dña. Josefa Begoña Escalera Izquierdo.

SUPERVISIÓN DE LA TESIS

Los doctorandos admitidos en un programa de doctorado se matricularán anualmente en la UCM o en la UAH por el concepto de tutela académica del doctorado. Dicha matriculación será realizada en el servicio que indique la Comisión Académica del programa. Cuando se trate de programas conjuntos con otras instituciones, el convenio determinará la forma en que deberá llevarse a cabo dicha matrícula.

Las personas incorporadas a un programa de doctorado, doctorandos y profesorado, se someterán al régimen jurídico, en su caso contractual, que resulte de la legislación específica que les sea de aplicación.

Una vez admitido al programa de doctorado, a cada doctorando le será asignado por parte de la correspondiente Comisión Académica un tutor. El tutor será un doctor con acreditada experiencia investigadora, ligado a la unidad, centro o Escuela que organiza el programa, a quien corresponderá velar por la relación del doctorando con la Comisión Académica.

En el plazo máximo de seis meses desde su matriculación, la Comisión Académica responsable del programa deberá asignar a cada doctorando un director de tesis doctoral que podrá ser coincidente o no con el tutor al que se refiere el apartado anterior. Dicha asignación podrá recaer sobre cualquier doctor que participe en el programa de doctorado.

La Comisión Académica, oído al doctorando, director y tutor podrá modificar el nombramiento del tutor o director de un doctorando en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.

 

SEGUIMIENTO DEL DOCTORANDO

La UCM y/o la UAH, a través de las comisiones académicas de los programas de doctorado o las Escuelas de Doctorado, establecerán los mecanismos de evaluación y seguimiento indicados anteriormente, la realización de la tesis en el tiempo proyectado y los procedimientos previstos en casos de conflicto. Los aspectos que afecten a la propiedad intelectual de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior, serán regulados por la Comisión de Doctorado de la UCM y/o de la UAH.

Una vez matriculado en el programa, se abrirá para cada doctorando el documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado de control a que se refiere el artículo 2.5 del Real Decreto 99/2011. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorado según regule la UCM, la UAH, la Escuela de Doctorado, en su caso, o la propia Comisión Académica. Este documento será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado por la Comisión Académica responsable del programa de doctorado.

Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que podrá mejorar y detallar a lo largo de su permanencia en el programa. Este plan incluirá al menos la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar. El proyecto debe estar avalado por el tutor y el director, contar con el visto bueno de la Comisión Académica del programa.

Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el registro de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, debidamente motivada, el doctorando deberá ser evaluado de nuevo en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa. Esta decisión podrá ser recurrida ante la Comisión de Doctorado de la UCM o de la UAH.

La UCM y la UAH establecerán las funciones de supervisión de los doctorandos mediante compromiso documental firmado por la Comisión Académica, el doctorando, el tutor y su director en la forma que la UCM o la UAH establezcan para ello. Este documento habrá de incluir un procedimiento de resolución de conflictos. También contemplará los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual e industrial así como el régimen de la cesión de los derechos de explotación que integran la propiedad intelectual e industrial que puedan generarse en el ámbito del programa de doctorado y de la tesis que se realiza.

Todos los aspectos referentes a cualquier forma de protección de resultados de investigación (propiedad industrial e intelectual) estarán conformes a la legislación vigente europea y nacional y a lo establecido en los estatutos de la UCM o de la UAH.

En el caso de tesis doctorales en el marco de colaboraciones con empresas, se deberá tener además en cuenta el marco legal europeo y nacional regulador de los derechos sobre invenciones y de las ayudas de estado a la investigación, desarrollo e innovación. En el caso de tesis en régimen de codirección con otras instituciones, se hará constar en el convenio preceptivo el régimen de participación en la explotación de potenciales resultados de la investigación.