Presentación y Tramitación
La tramitación y lectura de la Tesis Doctoral no podrán realizarse hasta el curso académico siguiente desde la formalización de la matrícula del doctorando como alumno del Programa de Doctorado en el cual defenderá dicha Tesis. En ese plazo, el alumno deberá haber obtenido la evaluación positiva del Plan de Investigación y del documento de actividades del curso anterior.
Presentación y Aceptación
Una vez finalizada la Tesis Doctoral, con el visto bueno del director y tutor, el doctorando entregará a la Comisión Académica responsable del programa un original en formato electrónico. La tramitación para la lectura de la tesis doctoral exigirá el abono del precio público del examen de tesis.
Evaluación externa: La comisión nombrará dos expertos externos al programa con experiencia acreditada que habrán de emitir informe sobre la Tesis, en el plazo máximo de un mes, incluyendo recomendaciones que habrán de ser consideradas por el doctorando en la versión definitiva de la misma.
Aceptación: La Comisión Académica autorizará o denegará la tramitación de la Tesis en un plazo máximo de quince días hábiles desde la recepción de la versión definitiva de la misma en la unidad administrativa correspondiente. Para decidir sobre la tramitación, la Comisión Académica tendrá en cuenta: el informe del director o directores, los informes razonados emitidos por los evaluadores externos, el documento de actividades del doctorando y los criterios de calidad propios del Programa de Doctorado.
Presentación y publicidad de la Tesis: En el caso de que se autorice la tramitación, la Comisión Académica recabará del doctorando la versión definitiva de la tesis (dos ejemplares en papel y uno en formato electrónico). Una vez recibida la Tesis, la Comisión de Doctorado dará publicidad a la misma con el fin de que otros doctores puedan remitir observaciones sobre su contenido. Para ello, la Tesis deberá permanecer en exposición pública durante quince días naturales, y finalizado dicho plazo la Comisión de Doctorado nombrará, si procede, el Tribunal y autorizará la defensa de la Tesis.
Denegación: Si la Comisión Académica denegase la tramitación de la tesis, deberá comunicar su resolución motivada al doctorando y al director o directores de la tesis. El interesado podrá interponer recurso de alzada contra dicha resolución ante la Comisión de Doctorado en el plazo de un mes. Si la Comisión de Doctorado denegase la tramitación de la tesis, deberá comunicar su resolución motivada al doctorando y al director/es de la tesis y al tutor. El interesado podrá interponer recurso de reposición contra dicha resolución ante el Rector, lo que agotará la vía administrativa.
Tribunal
Propuesta: La Comisión Académica del programa de doctorado formulará propuesta de diez miembros del Tribunal, que han de ser doctores, con experiencia investigadora acreditada y reciente. Podrán formar parte del tribunal investigadores pertenecientes a organismos, centros, instituciones y entidades con actividades de I+D+i, públicos o privados, nacionales o extranjeros; en todo caso deberán estar en posesión del título de Doctor. Ni los Directores de la Tesis ni el tutor podrán formar parte del Tribunal.
Nombramiento: La Comisión de Doctorado procederá a nombrar el tribunal de la tesis. En la composición del tribunal deberán respetarse los siguientes requisitos:
a) Estará formado por cinco miembros titulares y al menos dos suplentes.
b) El Presidente y el Secretario deberán pertenecer a la UCM; presidirá el miembro de la UCM de mayor categoría y antigüedad y el otro miembro de la UCM actuará como Secretario. Uno de los suplentes deberá ser de la UCM.
La Comisión de Doctorado de la UCM comunicará el nombramiento del Tribunal al doctorando, a los miembros titulares y suplentes, al director de la tesis doctoral, a la unidad administrativa y a la Comisión Académica responsable del programa, quien deberá remitir a los miembros del Tribunal y a los suplentes un ejemplar de la tesis doctoral junto con el currículum vitae y el documento de actividades del doctorando.
Constitución: En la constitución del Tribunal de la tesis doctoral deberán estar presentes los cinco miembros del Tribunal nombrados. En caso de renuncia por causa justificada de un miembro titular del Tribunal, el Presidente procederá a sustituirlo por el suplente, y lo comunicará a la Comisión de Doctorado. Si se produce la renuncia del Presidente el miembro de la UCM de mayor categoría y antigüedad actuará como Presidente. En casos excepcionales debidamente justificados, y previa autorización de la Comisión Académica, se admitirá que en la constitución del tribunal dos de los vocales del Tribunal como máximo actúen mediante videoconferencia, siempre y cuando los medios audiovisuales lo permitan y el Presidente garantice la actuación de los cinco miembros del Tribunal.
Defensa
Convocatoria: El Presidente del Tribunal procederá a convocar la sesión pública de defensa notificándolo al doctorando, a los cinco miembros titulares y a los dos suplentes, a la Comisión Académica, al director o directores de la tesis doctoral, a los tutores, a la unidad administrativa responsable, indicando fecha, lugar y hora de la defensa. Dicha sesión deberá tener lugar antes de que se cumplan cuarenta días hábiles desde el momento del nombramiento del Tribunal y deberá hacerse en periodo lectivo (incluido, por tanto, el mes de julio). Desde la fecha de la convocatoria hasta el acto de defensa transcurrirán al menos diez días.
Acto: La Tesis Doctoral se evaluará en sesión pública y consistirá en la exposición y la defensa ante el Tribunal por parte del doctorando de su trabajo de investigación. Los doctores presentes en el acto público podrán formular cuestiones durante la sesión pública en el momento y forma que señale el Presidente del Tribunal. El acto de defensa tendrá lugar en español o en otro idioma habitual para la comunicación científica en su campo de conocimiento, según criterio de la Comisión Académica.
Evaluación: Al finalizar el acto de defensa, el Tribunal emitirá un informe y una calificación global de la Tesis de acuerdo con la siguiente escala, “No Apto”, “Aprobado”, “Notable” y “Sobresaliente”. Cada miembro del Tribunal decidirá en voto secreto sobre la concesión de la mención “cum laude” si la calificación global fuera “Sobresaliente”, y para ello entregará al Presidente, finalizado el acto de defensa, en sobre cerrado su decisión al respecto. La tesis obtendrá la mención de "cum laude" si la calificación global es de “Sobresaliente” y se emite en tal sentido el voto secreto positivo por unanimidad.
Inclusión en el repositorio UCM: Una vez aprobada la Tesis Doctoral, la UCM se ocupará de su archivo en formato electrónico abierto en el repositorio institucional y remitirá, en formato electrónico, un ejemplar de la misma, así como de toda la información complementaria, al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. Consulta la información oficial al respecto AQUÍ.