- Portada
- Admisión y matrícula
- Permanencia
Permanencia
La normativa de permanencia del Programa de Cuidados en Salud, sigue la normativa general de los estudios de doctorado y de la UCM.
- El RD 99/2011, de 28 de enero de 2011 (BOE 10.2.2011)
- Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2016 (BOUC de 2.12.2016) la Normativa de permanencia para los estudios de doctorado. Modificación del punto 5 de la Normativa de permanencia.
Estas normativas regulan los aspectos relacionados con la permanencia del doctorando en el programa, con referencia, entre otros, a los siguientes aspectos:
- Fecha de inicio de los estudios de doctorado. (Se considerará fecha de inicio en los estudios de doctorado el 15 de octubre del curso académico en el que el estudiante resultó admitido en el programa)
- Duración Total de los Estudios. (En función de la dedicación al programa en tiempo completo (TC) o tiempo parcial (TP) su permanencia en el programa será de 3 años ( prórroga 1 año) para TC y de 5 años ( prórroga de 2 años) para TP, como se recoge enel siguiente cuadro)
- Cambio de régimen de dedicación. (Podrá efectuarse anualmente, previa a la renovación de la tutela académica correspondiente a cada curso académico, con una solicitud razonada sobre sus motivos a la Comisión Académica del Programa)
- Cómputo de años de duración de los estudios doctorado (Se realizará atendiendo al régimen en el que se encuentra el doctorando en cada momento)
- Prórrogas
- Baja temporal
- Pautas a tener en cuenta para el cómputo de permanencia
- Baja definitiva en el programa de doctorado
Para la tramitación de las solicitudes de modificación relativas a la permanencia, por parte del estudiante para su posterior valoración y posible autorización por la Comisión Académica, el alumno realizará la solicitud correspondiente en el negociado de doctorado de la secretaría de alumnos de la Facultad de Enfermería, Fisioterapia y Podología.