Colaboración docente contratados predoctorales por la UCM

Colectivos: 

- Personal Investigador en Formación de la Universidad Complutense. UCM. 
- Formación de Profesorado Universitario (FPU). Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
- Formación de doctores. (Antes FPI). Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. 
- Personal Investigador Predoctoral en Formación. Comunidad de Madrid (CM).

 

Condiciones de la colaboración:  

- Podrán colaborar en la docencia en el periodo que autorice la convocatoria de su contrato, hasta un máximo de 60 horas. Excepcionalmente podrán sobrepasar este número si así lo prevé la convocatoria. 

- Colaborarán en las actividades prácticas de asignaturas de grado y de Trabajos Fin de Grado. No podrán impartir clases teóricas, ni ser responsables de asignaturas.

 

Tramitación y procedimiento:  

Asignación de tareas por el Departamento.

Los Departamentos serán los encargados de asignar las tareas de colaboración docente, que deberán contar con la conformidad del interesado.

El solicitante interesado no figurará en la actividad principal de la asignatura y no firmará actas. No obstante, la colaboración se grabará en GEA y no podrá superar los límites horarios establecidos para cada colectivo. Actuará como tutor-supervisor de la colaboración docente el coordinador de la asignatura u otro profesor de la asignatura en quien delegue. 

La docencia asignada al colaborador será docencia en actividades y grupos ya existentes en asignaturas de grado. Sólo en el caso de que el investigador en formación hubiera obtenido el título de doctor y hubiera suscrito el contrato postdoctoral previsto en su convocatoria, podría colaborar también en titulaciones de máster). No se incrementará el encargo docente total del departamento.

Cumplimentación de la solicitud de colaboración por el interesado

Asignadas las tareas, el contratado cumplimentará telemáticamente el impreso de "Solicitud de colaboración en tareas docentes. Contratados Predoctorales, Postdoctorales e Investigadores". Una vez cumplimentado y recogidas en el Departamento las firmas electrónicas que correspondan en el documento, éste se remitirá al Decanato de la Facultad para el VºBº en el mismo del Decano/a y su envío a la dirección electrónica pinves.admi@ucm.es Servicio de Administración de Personal Investigador. 

Autorización.

La solicitud de colaboración será revisada en el Servicio de Administración de Personal Investigador y autorizada por la Vicerrectora de Investigación y Transferencia.

El original del documento autorizado se enviará por el Servicio de Administración de Personal Investigador a la Sección de Personal de la Facultad correspondiente.

 

Plazo de solicitud:

Con el fin de que las colaboraciones docentes que estén programadas para el curso académico 2023-2024 sean autorizadas antes de su inicio, las solicitudes deberán ser remitidas al Vicerrectorado antes del 31 de agosto de 2023.

Si a lo largo del primer cuatrimestre surgiese la conveniencia de una colaboración docente que se va a desarrollar en el segundo cuatrimestre del curso académico 2023-2024, esta solicitud debe realizarse antes del 31 de enero de 2024.

Fuera de estas dos fechas, sólo se podrán autorizar colaboraciones con personal con vinculación a la UCM que se haya incorporado con posterioridad a las mismas, o por causas sobrevenidas cuya excepcionalidad habrá de justificarse ante la Comisión Académica.

 

Certificación de la colaboración docente: 

- Será emitida por autoridad académica competente de la Facultad.

 

Evaluación y certificación de la colaboración docente:

- El solicitante podrá someter su colaboración en docencia siempre que cuenten con la preceptiva autorización del rectorado y cumplan con los requisitos del programa de evaluación de la actividad docente (DOCENTIA-UCM).

- El Vicerrectorado de Calidad certificará los resultados de la evaluación de la colaboración en docencia.