CÁTEDRAS EXTRAORDINARIAS
¿Qué es una Cátedra Extraordinaria?
Una Cátedra Extraordinaria constituyen una forma de colaboración de la Universidad con otras entidades (fundaciones, asociaciones, centros de investigación, administraciones públicas y, en general, cualesquiera entidades públicas o privadas) para la realización de actividades relacionadas con los fines estatutarios de nuestra Universidad, especialmente de docencia e investigación.
Las Cátedras Extraordinarias se establecerán por un período de tiempo determinado, mínimo de 3 años, y con una dotación económica anual mínima de 30.000 euros.
Excepcionalmente, y atendiendo a razones de interés general, al carácter estratégico de la actividad propuesta, la naturaleza y singularidad del ámbito de colaboración y los intereses de la Universidad Complutense la cuantía y la vigencia podrán ser inferiores a los importes y límites temporales establecidos, siempre que esté debidamente motivado mediante Informe emitido por el Vicerrectorado responsable.
La creación de la Cátedra Extraordinaria se formalizará mediante la suscripción de un Convenio de creación de Cátedra entre la UCM y la Entidad colaboradora, que contendrá todas las condiciones en las que ésta se desarrolla, su estructura y órganos de dirección, actividades, forma de gestión económica, compromiso de las partes, vigencia régimen de publicidad y reconocimiento del patrocinador y cualquier otra particularidad que se considere relevante para el adecuado desarrollo de la misma
