Cambio de director, proyecto o centro de investigación CT63/19-CT64/19
Regulación.
Artículo 10. e) de la convocatoria.
Obligaciones de los beneficiarios:
(...)
e) Permanecer en el Centro de aplicación del contrato, siendo necesario para cualquier cambio de Centro, director o proyecto de investigación, o ausencia temporal para realizar desplazamientos a otros centros de investigación por parte del beneficiario, autorización del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia previo informe del director/codirectores de la tesis doctoral.
En ningún caso se autorizarán cambios de Centro, director o proyecto de investigación durante el primer año de vigencia del contrato.
Procedimiento.
En elaboración.