Afíliate y participa
Ventajas de afiliación, Cuotas, Ficha
VENTAJAS DE AFILIACIÓN
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Ventajas de ser afiliada/o:
- Información y asesoramiento permanente
- Servicios Jurídicos: pensados y diseñados, para dar la mayor y mejor cobertura a los afiliados. Puedes acceder a ellos a través de tu Sección Sindical, Sector o Comarca. Además del Servicio Jurídico Laboral de carácter gratuito (para las/os afiliadas/os por el periodo mínimo acordado por la organización), dispone de un Área Jurídica para asuntos civiles en condiciones económicas muy ventajosas. Teléfono: 91 082 04 36.
- Atención personalizada en tu propio Centro de Trabajo.
- Formación para el empleo: Cursos para personas desempleadas y en activo para la promoción y formación profesional.
Teléfono: 91 589 70 77. Email: info@formacionugtspmadrid.es - Formación Sindical: Para que nuestras delegadas y delegados puedan resolver tus problemas en cualquier materia laboral.
Teléfono: 91 589 70 74. Email: sindical@formacionugtspmadrid.es - Información y apoyo en Salud Laboral: En la mayoría de los Centros de trabajo, a través de nuestras/os Delegadas/os de Prevención.
Teléfono: 91 589 70 43. Email: saludlaboral@ugtspmadrid.es - Empleo: Atención personalizada sobre ofertas de empleo. Asesoramiento a afiliadas/os, ya sean desempleadas/os o trabajadores/as en activo. Información de ofertas de empleo en todas las Administraciones, Oposiciones o Bolsas.
Teléfono: 91 589 70 33. Email: psindical@ugtspmadrid.es - Información y Asesoramiento permanente en Secretarías dedicadas a Mujer, Igualdad y Juventud.
Teléfono: 91 589 70 66. Email: igualdad@ugtspmadrid.es - Dependencia: Atención individualizada y permanente de información y asesoramiento en el área.
Teléfono: 91 589 70 49/76 . Email: dependencia@ugtspmadrid.es
- Otros Servicios
- Vacaciones, viajes y hoteles
- Campamentos infantiles de verano
- Ocio: residencias, tiempo libre
- Establecimientos concertados
- Seguro de Accidentes GRATUITO en caso de fallecimiento en accidente laboral, a partir de un año de afiliación ininterrumpida a UGT
- Información y asesoramiento permanente
(Recuerda imprimirlo, firmarlo y enviarlo a través de la Sección Sindical) C/ Donoso Cortés 65, 4ª pl., 28015-Madrid , o correo electrónico: ugtucm@ucm.es
Recuerda: La cuota sindical es desgravable en la casilla 14 de la declaración del IRPF |
CUOTAS DE AFILIACIÓN 2025
Cuantía de las cuotas de afiliación a UGT-SP de Madrid para el año 2025
Cuota Básica Activos con Ingresos
15,50 euros mensuales
Se aplicará a los afiliados y afiliadas cuyos ingresos anuales brutos procedentes de rentas de trabajo y/o de protección por desempleo sean, en cómputo anual, mayores de 14.000 €.
Cuotas Reducida (tipo B)
10,85 euros mensuales
Se aplicará a los afiliados y afiliadas cuyos ingresos anuales brutos procedentes de rentas de trabajo y/o de protección por desempleo sean, en cómputo anual, iguales o inferiores a la cantidad de 14.000 € y mayores de 7.000 €.
Cuota Especial Parados sin ingresos (tipo D)
4,65 euros mensuales
Se aplicará a los afiliados y afiliadas que se encuentran en situación de desempleo y carezcan de ingresos o prestaciones.
Cuota Especial Reducida Trabajadores activos (tipo D)
4,65 euros mensuales
Se aplicará a los afiliados y afiliadas cuyos ingresos anuales brutos procedentes de rentas de trabajo o de protección por desempleo sean iguales o inferiores, en cómputo anual, a la cantidad de 7.000 €.
Cuotas Especiales para Jubilados (tipo C)
7,75 euros mensuales
Se aplicará a las personas adscritas a la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales brutos sean superiores a la cantidad de 7.000 €.
Cuota Especial para Jubilados (tipo D)
4,65 euros mensuales
Se aplicará a las personas adscritas a la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) cuyos ingresos anuales brutos sean inferiores a la cantidad de 7.000 €.
Cuota Especial para Jubilados que no desean reducción de cuota
15,50 euros mensuales
Se aplicará a las personas adscritas a la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) que voluntariamente quieran seguir pagando la cuota básica.
Cuota Especial para estudiantes menores de 25 años (tipo E)
1,00 euro mensual
Se aplicará a estudiantes menores de 25 años y que no tengan ningún tipo de ingreso.