Requisitos del personal y puesto de trabajo
Requisitos del personal
Para acceder a la prestación del servicio en régimen de teletrabajo, las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
- Encontrarse en situación administrativa de servicio activo en el caso del personal funcionario, o en la equivalente en el supuesto de personal laboral.
- Cumplir una antigüedad mínima de seis meses en la unidad administrativa y puesto. Este requisito no será exigible cuando se proceda de un puesto con similares funciones.
- Desempeñar un puesto de trabajo que se considere susceptible de ser prestado en la modalidad de teletrabajo.
- Tener conocimiento suficiente de los procedimientos del trabajo a desempeñar, así como de los informáticos y telemáticos que requiera el ejercicio de las funciones objeto de teletrabajo.
- Disponer de conexión a internet y sistemas de comunicación con los requisitos y características que defina la Universidad.
- Poder desempeñar el trabajo sin supervisión directa. Capacidad para planificar su trabajo y gestionar los objetivos.
- No tener reconocida la compatibilidad para el desempeño de un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público o en el privado.
Requisitos del puesto de trabajo
- Con carácter general, son puestos susceptibles de ser desempeñados en la modalidad de teletrabajo aquellos cuyas tareas se puedan realizar en las mismas condiciones que en la modalidad presencial.
- Se exceptúan los siguientes:
- Los que precisen el uso de información masiva no informatizada.
- Los que generen información masiva no informatizada.
- Los que requieran contacto directo frecuente con el público o con otras personas que resulte incompatible con la prestación de servicios en esta modalidad.
- Aquellos puestos cuyo desempeño sólo quede garantizado con la presencia física de la empleada o empleado público o que requieran de la disponibilidad para su prestación inmediata y no programable.
- La prestación de servicios mediante teletrabajo está sujeta en todo caso a las necesidades del servicio y supeditada a que se garantice la atención directa presencial.
- El lugar desde el que se va a realizar el teletrabajo debe cumplir con la normativa vigente en materia de seguridad y salud laboral.