Ámbito de aplicación

La implantación del teletrabajo será de aplicación para todo el PTGAS de la UCM, tanto funcionario como laboral conforme al "Acuerdo de Regulación del Teletrabajo en la UCM", teniendo como finalidad ordenar en la práctica las diferentes situaciones laborales para lograr un modelo de trabajo eficaz, que sea aplicable a una amplia gama de tareas y servicios.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación del "Acuerdo":

  1. El Personal Docente e Investigador Funcionario de los cuerpos docentes universitarios.
  2. El Personal Docente e Investigador Laboral que preste sus servicios en la UCM, en virtud de una relación jurídico-laboral común.
  3. El personal contratado temporal con cargo a proyectos de investigación o, en su caso, con cargo a subvenciones finalistas.
  4. El Personal contratado de Alta Dirección con arreglo al artículo 2.1.a) del Estatuto de los Trabajadores.
  5. El personal que mantenga con la UCM cualquier vinculación de prestación de servicios retribuidos, o no, ya sean estos laborales, civiles, mercantiles, o de cualquier otra índole.