Másteres oficiales

Centros de prácticas

Cada curso, la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid regula el Prácticum mediante una Orden en la que se establecen los procedimientos para realizar las prácticas en centros de la Comunidad de Madrid.

 

En la orden del curso 2024-2025 se establece que los estudiantes de la UCM solo podrán realizar prácticas en centros sostenidos con fondos públicos:

2. Podrán ser centros de prácticas de los alumnos de Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y  Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la  Comunidad de Madrid en los que se impartan todas o alguna de dichas enseñanzas en los términos establecidos en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Los alumnos que cursen la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia no pueden realizar los estudios de máster, podrán realizar sus prácticas en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid que impartan las enseñanzas previstas en los Capítulos V y VIII del Título I de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3. Los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos que deseen ser centros de prácticas obtendrán la aprobación, previo conocimiento y aceptación del claustro de profesores, el consejo escolar del centro y, en su caso, del titular del mismo, para colaborar con el prácticum. Están exceptuados de su obtención aquellos centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos que hayan sido designados centros de prácticas en el curso 2023-2024. Los centros de nueva adscripción lo solicitarán a través de los medios digitales dispuestos al efecto por la Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza según lo establecido en el dispongo quinto de esta orden.
4. Los centros designados para la realización de las prácticas no podrán exigir a los estudiantes que sean asignados en los mismos la realización de actividades de formación no incluidas en el plan de estudios de su universidad y que exijan contraprestación económica.

Los centros que cumplen con los requisitos arriba mencionados, solicitan voluntariamente a la Consejería ser Centros de prácticas. Para ello existe un plazo que determinará la orden. Fuera de ese plazo, no se podrá inscribir ningún centro o tutor para las prácticas.

El Máster de Formación del profesorado de la Universidad Complutense de Madrid recibe cada año una oferta aproximada de 200 centros de toda la Comunidad de Madrid para todas las especialidades.

La oferta de centros, así como su distribución geográfica, al ser un proceso de inscripción voluntaria por parte de los mismos, varía cada año.

La asignación de centros en prácticas para los estudiantes del máster se realizará por especialidades, en sesión presencial con todos los estudiantes de la especialidad. El orden de elección de centro será por sorteo. En caso de no poder asistir a la sesión de elección de centro, se delegará en un compañero por escrito.

 


Plataforma para la inscripción de Centros (Practicum XXI)

Centros Participantes en el Prácticum

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