Másteres oficiales

Reconocimiento de créditos

Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a asignaturas superadas entre enseñanzas oficiales de Máster, Licenciatura y enseñanzas oficiales de Doctorado en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas de origen y las previstas en el plan de estudios del título de Máster Universitario para el que se solicite el reconocimiento de créditos.

El Trabajo Fin de Máster no podrá ser objeto de reconocimiento, al estar orientado a la evaluación de las  competencias específicas asociadas al título de Máster correspondiente de la UCM. El reconocimiento de créditos no podrá superar el 40% de los créditos correspondientes al título de Máster para el que se solicite el reconocimiento.

La solicitud deberá presentarse en el Centro al que se encuentre adscrito el título oficial para el que se solicite el reconocimiento y se acompañará de toda la documentación que acredite el contenido y competencias de las asignaturas por las que se solicite el reconocimiento. Los solicitantes que sean o hayan sido alumnos de la UCM no estarán obligados a aportar la documentación que ya obre en poder de la Universidad.
En el caso del reconocimiento por actividades laborales se deberán valorar las funciones ejercidas por el estudiante y cómo han repercutido en su formación. Dichas funciones deberán ser debidamente acreditadas. En todo caso, se aportará el Informe de la vida laboral.

El plazo para presentación de solicitudes termina el último día lectivo del mes de octubre de cada año.

 

Normativa UCM

Impreso de solicitud