Ética
Comités Éticos
Todo estudio de investigación con animales requiere que un órgano independiente (no pueden participar los propios investigadores) analice y evalúe la propuesta de estudio, haciendo cuantas consideraciones crea oportunas para que pueda ser aprobado. El objetivo de dichos comités es garantizar el bienestar de los animales que van a ser empleados en las investigaciones. La evaluación favorable del Comité de ética es imprescindible para que el estudio sea legalmente aprobado y pueda realizarse. En España existe un triple filtro: el comité de experimentación animal (de la institución donde se realiza el estudio), el órgano habilitado (nacional e independiente del anterior), y la administración (de la comunidad autónoma). Esta última recibirá toda la información y decidirá, en ultima instancia, la autorización de la solicitud. Además, con una finalidad de transparencia, todos los datos sobre el uso de animales con fines científicos de los estados miembros se publica anualmente en la UE. La UCM publica los datos de uso de animales en el siguiente enlace:
Legislación
El uso de animales para investigación o docencia está regulado por un Real Decreto (53/2013) y se aplica en todo el territorio nacional. El mismo sigue fielmente la Ley Europea sobre experimentación animal (CEE 63/2010) que todos los países de la unión europea deben cumplir. Por ello, el uso de animales para investigación es el mismo en países como Reino Unido, Francia, Noruega, Italia o España y, por tanto, con los mismo requisitos. En España esta norma ha sido transferida a cada una de las Comunidades Autónomas. No debe olvidarse que el objetivo de la legislación no es científico sino el bienestar animal, es decir, la protección de los animales empleados en las investigaciones.