Prórrogas para el depósito de la Tesis Doctoral
El Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, establece una limitación temporal para la realización de los estudios de doctorado. La duración será de un máximo de tres años para quienes lo realicen a tiempo completo o de cinco años si es a tiempo parcial, en ambos casos a contar desde la admisión a un programa de doctorado (15 de octubre) hasta la presentación de la tesis doctoral en la Comisión Académica del programa correspondiente.
Si antes de la finalización del citado plazo no se hubiera presentado la solicitud de depósito de la tesis ante la Comisión Académica del Programa, dicha Comisión podrá autorizar la prórroga por un año más que, excepcionalmente, podría ampliarse por otro año adicional en las condiciones que se hayan establecido en el correspondiente programa de doctorado.
Dependiendo de la realización de los estudios a tiempo completo y a tiempo parcial, así como las excepcionalidades previstas, dispondrá de los plazos indicados en el siguiente cuadro.
La solicitud de prórroga deberá dirigirse a la Comisión Académica del Programa en los cuatro meses anteriores a la finalización del límite de permanencia en el programa según su régimen de dedicación. Una vez recabadas todas las firmas deberá presentarse en la Secretaría del Centro responsable del Programa de Doctorado. A los efectos de este cómputo, no se tendrán en cuenta los periodos en los que al doctorando se le hayan autorizado bajas temporales por alguna de las causas contempladas en la normativa vigente. Cada alumno puede consultar su fecha límite de permanencia en el programa en la aplicación RAPI2.
Los alumnos que deseen solicitar una prórroga para la finalización de la Tesis Doctoral, deberán consultar los plazos y normativa de Permanencia en el apartado Permanencia de la WEB de la Escuela de Doctorado de la UCM.